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¿Cómo evaluar la legítima defensa en un hecho aislado?

Son hechos que ocurren una sola vez, por circunstancias del momento y la posibilidad que ve el atacante en la vulnerabilidad e indefensión de la víctima.

22 marzo, 2023

Este artículo surge teniendo en consideración a la gran cantidad de casos que se dan en la actualidad, donde la mujer en un acto único de defensa legítima, termina con la vida o lesiona a su victimario, ingresando de esta manera en un laberinto de dificultades probatorias, que no permiten que la legítima defensa de los hechos aislados sean valorados bajo los estándares probatorios de la perspectiva de género.

Uno de los temas más controversiales que hay en los pasillos de los tribunales, y en las decisiones judiciales, tiene que ver con los estándares de valoración probatoria a la hora de dictar sentencias vinculadas a la perspectiva de género.

Si hacemos un análisis coyuntural de la perspectiva de género en vinculaciones sociales, observamos que la mayoría de las posturas, tienen que ver con un sesgo ideológico, que se relacionan con el contexto sociocultural en el que se forma el individuo. Inducido por ello, las posiciones que luego se adoptan, concluyen aceptándolas o rechazándolas.

Ahora bien, midiendo objetivamente, es imposible saber cuál es el conflicto entre perspectiva de género y las decisiones judiciales, y si estas, o cómo estas, se vinculan con los sesgos ideológicos de formación de cada juzgador.

Podemos decir que, es necesario replantearse la figura de la legítima defensa en distintos contextos, siendo trabajo de la doctrina, intentar tipificar los avances de las nuevas comisiones de delitos, sobre todo aquellas que se relacionan con los colectivos vulnerables que el derecho penal hasta el momento no ha podido proteger, y que deberían interpretarse dentro de los nuevos contextos socio-jurídicos penales.

Ahora bien, la perspectiva de género nos desafía a realizar una valoración objetiva y comprensiva de situaciones y personas que se encuadran dentro de este contexto, y por ello, es necesario que las investigaciones y resoluciones judiciales, puedan valorar los hechos y las pruebas en consideración a las nuevas conductas jurídicamente relevantes, que comprenden a los distintos colectivos sociales.

Hechos aislados

En primer lugar, voy a identificar de manera negativa a los hechos aislados. Es decir, que se trata de los hechos no habituales, aquellos que no se dan de manera permanente, ni en relación de convivencia, ni de pareja.

Son los hechos que ocurren una sola vez por las circunstancias del momento y la posibilidad que ve el atacante en la vulnerabilidad e indefensión de la víctima.

Esta desagradable vivencia, donde la mujer es violentada en una sola oportunidad, y tiene una sola posibilidad efectiva de defensa, son los denominados hechos aislados.

El presupuesto más discutido en este tipo de casos es la falta de provocación suficiente, ya que esta situación también podría llevarse a cabo por ejemplo en la casa del atacante, argumento necesario para que el organismo judicial -en algunos casos- considere hacerse la pregunta siguiente ¿qué hacía usted ahí, si no quería el resultado?En consecuencia a ello, es que la perspectiva de género en los hechos aislados, suele traer una mayor dificultad a la hora de ser valorizada en su resultado, como si acompañar a una amiga, o ir a buscar algún objeto, o incluso, tomar algo o comer con quien en un principio era un conocido, diera lugar a una invitación para ser agredida o abusada sexualmente.

Y, por ello es que la perspectiva de género en los hechos aislados, suele traer una mayor dificultad a la hora de ser valorizada.

En este tipo de hechos, el victimario analiza el momento justo para llevar a cabo su plan, sea de abusar sexual o físicamente, robar o matar a su víctima.

Situaciones como la nombrada, se pueden ver en casos donde la mujer camina sola por la calle, se encuentran en un evento, lugar de trabajo, o va a la casa del victimario a compartir una comida, conocerse, a tomar algo, quien podría ser un conocido, desconocido o amigo.

También, encuadran los casos de las exparejas, cuyo encuentro se da por casualidad o para conversar temas relacionados con la separación, viendo el hombre esta oportunidad para someter, como último acto, a la mujer, quien, en su acto de defensa pone fin a la vida del marido.

Se trata de una situación única que encuentra el victimario, sabe que puede actuar sobre seguro y ejerce el acto violento para someter a la víctima.
En ese momento, la víctima solo puede suponer que si no actuaba como lo hizo, defendiéndose del ataque, con un contraataque certero y dejando sin posibilidad de reacción a su atacante, el resultado podría haber sido la muerte.

Agregando a lo expuesto, el maestro Bacigalupo dice en la necesidad de la defensa: que “La defensa debe ser necesaria, pero no necesita ser proporcional al daño causado con ella al agresor, respecto del daño que la agresión habría causado si hubiera sido concretada”. Y cita un ejemplo: “una mujer puede repeler un intento de violación con la muerte del agresor, si no tiene otra forma de evitar el hecho con menores daños”.

A más de lo expresado, vale aclarar que la víctima, solo tiene una oportunidad de defensa. En esta oportunidad única, su defensa debe ser un ataque que deje paralizado al victimario, sobre seguro y absolutamente eficaz, que de ninguna manera permita la posibilidad de reacción, ya que si la mujer llegara a fallar en su ataque defensivo, las represalias podrían poner fin a su vida.

Al momento de desarrollar este artículo, varias mujeres siguen detenidas por defenderse legítimamente y terminar con la vida de su victimario.
La legítima defensa analizada con perspectiva de género, tiene que convertirse en el primer análisis que debe hacer un magistrado a la hora de tener en su despacho una causa en la cual una mujer se defiende de un ataque.

Además, es hora de que los hechos aislados, dentro del estudio de la perspectiva de género, sean considerados dentro de los análisis doctrinarios, ya que se siguen observando determinadas conductas, donde algunas mujeres se encuentran por primera vez con un hombre, cualquiera sea el motivo, y éste quiere abusar de ella agrediéndola sexualmente o de otra forma, y la víctima solo tiene un medio de escape, que es ponerle fin, o lesionar gravemente al atacante.

Tags: Jurídicos de PrimeraLEGíTIMA DEFENSA CON PERSPECTIVA DE GÉNEROPerspectiva de Género
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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