El estado de abandono y crueldad al que estaban sometidos cinco perros en una vivienda de la Zona Oeste de Posadas ya no generaba repudio sino que ameritaba tomar acciones urgentes ante el contexto de fuerte calor y sin siquiera un recipiente con agua para que sobrevivieran.
Durante las últimas horas tomó intervención en el caso y se logró el rescate de los animales, el juez de Instrucción 7 de la Primera Circunscripción Judicial, Miguel Mattos quien libró las respectivas órdenes de urgente allanamiento a la comisaría Segunda.
Esto ocurrió el lunes por la tarde y los efectivos policiales concurrieron a la vivienda sobre la avenida López y Planes donde notificaron de la medida judicial a un matrimonio compuesto por un hombre de 43 años y a esposa de 29.
El procedimiento de contingencia remarcaba la premura por resguardar a cinco perros, dos de ellos adultos y los tres restantes cachorros en estado desesperante de abandono.
Los uniformados actuaron a raíz de tomar conocimiento por parte de una activa militante por el cuidado de animales y por la visualización de publicaciones en redes sociales, donde mostraban el mal estado de los perros y lo que se necesitaba hacer.
Los policías se presentaron en el domicilio acompañados por un veterinario al servicio de la fuerza de seguridad, quien constató el padecimiento que sufrían los animales y la falta de salubridad del entorno edilicio.
Por esta razón, los agentes resguardaron en caniles a las mascotas y los trasladaron hasta la sede policial y luego el juez Mattos ordenó el traslado a la sede del Instituto Municipal de Sanidad Animal para los respectivos controles y medicación.
Los presuntos responsables del maltrato fueron notificados en el mismo operativo de la violación a la ley 14.346 que prevé penas de hasta un año de prisión por no conservar las condiciones mínimas para el desarrollo de los animales domésticos, en este caso.
El matrimonio deberá aguardar la citación a prestar declaración indagatoria y será el juez mencionado quien defina los próximos pasos a seguir en cuanto al proceso legal. No se descarta, ante el agravante de no responder con las citaciones pertinentes, que el expediente avance y sea un tribunal penal de Posadas quien defina la sanción respectiva en juicio oral.
ENCUADRE LEGAL
La ley 14.346 que rige las normas sobre “maltrato animal” fue sancionada en septiembre de 1954 y promulgada un mes después. Sostiene que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”. “Serán considerados actos de maltrato no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos. Azuzarlos para el trabajo con castigos o sensaciones dolorosas. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin descanso adecuado. Estimularlos con drogas sin fines terapéuticos. Emplearlos en tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas”.