Tras un sumario administrativo que se estiró durante 47 meses (esto es tres años y 8 meses más del tiempo máximo que, por Decreto 226 puede durar un sumario en Misiones), el Consejo General de Educación (CGE) dio por demostrado que el director suplente del CEP 53 de Posadas, Nicolás Borgmann, adulteró 11 certificados de posgrados, especializaciones y seminarios que le permitieron engrosar su legajo para poder acceder a ese cargo.
Finalmente, fue cesanteado ayer jueves en todas sus horas y cargos, según lo dispuesto por Resolución 2.725 firmada por el presidente de ese organismo, Alberto Galarza, y la secretaria general Norma Cuquejo.
No caben dudas que el expediente estuvo “cajoneado” durante meses y sólo la magnitud del delito por el cual Borgmann está procesado ante la Justicia Penal (fue denunciado por las autoridades de la Junta de Clasificación y Disciplina, Rama Secundaria, en 2017) obligó a sus amigos y aliados de la agrupación ADOMIS a soltarle la mano. Borgmann fue uno de los integrantes de la Junta Electoral de las elecciones del CGE en 2016.
La primera en ser cesanteada, en 2019, fue su hermana Tatiana Borgmann, luego de demostrarse que el título de profesora de Química que presentó en su legajo era trucho. Fue su propio hermano quien la ubicó en el CEP 53, institución donde el ahora cesanteado siguió como director suplente hasta ayer, convencido que el respaldo político lo mantendría en ese cargo.
“Alto nivel de peligrosidad”
Según quedó plasmado en las investigaciones sumarias, ambos hermanos fueron capaces de adulterar documentos públicos con tal de ocupar espacios que no le correspondían.
Fue la propia Universidad Nacional de La Plata quien corroboró primero que el título de profesora de Tatiana Borgmann era apócrifo y, posteriormente, que su hermano Nicolás no poseía registro como cursante o graduado de la Especialización en Pedagogía de la Formación ni de los otros 10 certificados de seminarios que engrosaban su legajo docente.
Además, según consta en la Resolución 2.725 “las pruebas ofrecidas por la defensa (fs. 88 – 91) no pudieron revertir las imputaciones quedando demostrada la comisión del delito de adulteración de certificados por ser apócrifos en su totalidad”.
Se advirtió también que “el nivel de adulteraciones y cantidad de certificados ejecutados, muestran el alto nivel de peligrosidad que posee una persona con el hecho de ser docente, debe observar una conducta acorde con la función educativa y no desempeñar actividad que afecte la dignidad del docente”.
Once certificados falsos
Según quedó demostrado, el ahora exdirector suplente adulteró certificados de dos especializaciones: en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera y en Pedagogía de la Formación.
Tampoco cursó ni aprobó los seminarios Métodos de Investigación de la Enseñanza de Lengua Extranjera, Diseño de Unidad Didáctica, Español con Fines Específicos, Medios Aplicados a la Enseñanza de Lenguas Extranjeras, Introducción a los Estudios del Lenguaje, Variedades Sociales y Regionales, Didáctica de la Enseñanza, Análisis del Discurso, Didáctica de la Lengua, Epistemología y Métodos de Investigación de Lengua, Producción y Análisis Críticos de Materiales Didácticos.
Ayer, tras la aprobación de la Resolución del CGE con su cesantía, se procedió a la notificación de las partes involucradas, el ahora exdirector del CEP 53, y la Unión Docente Nueva Argentina de Misiones (UDNAM), gremio que destapó primero la adulteración de documentación pública por parte de Tatiana Borgmann y luego de su hermano.
En tres años puede volver
Según quedó explicitado en la Resolución del CGE aprobada ayer, ese organismo “recién el 31 de mayo de 2021 tomó conocimiento del expediente de la referencia y resolvió aprobar el Dictamen Nº 209/19, de la Dirección de Asuntos Legales obrante a fs. 127/128, compartido por la Junta de Clasificación y Disciplina Rama Inicial, Primaria, Primaria del Adulto y Especial, y aplicar la sanción de cesantía prevista en el artículo 50 (inciso G) de la Ley VI- Nº 6, en todos los cargos y horas cátedra que detente Nicolás Borgmann en el CGE”.
Vale recordar que, según la Ley VI- Nº 6 (Estatuto Docente) “los docentes declarados cesantes por razones de servicios, según las prescripciones de este Estatuto, podrán ser rehabilitados por el Consejo General de Educación, previa decisión de la Junta de Clasificación y Disciplina y luego de tres años de la aplicación de esa medida”.