Dados los aumentos de combustibles que se vienen registrando, el Tribunal de Faltas recomienda a quienes adeuden multas que abonen las mismas antes de julio. Como es de conocimiento público, para el cálculo del pago de infracciones se utiliza como medida la Unidad Fija, equivalente al costo del litro de nafta de mayor octanaje que se encuentre a menor precio en el mercado, en este momento la Infinia de YPF.
Actualmente la Unidad Fija equivale al histórico de enero de 78,30 pesos dado que los tribunales de faltas incorporan los aumentos de combustibles sólo dos veces al año, en enero y julio, según lo establecido en el art. 8 de la Ordenanza XVI Nº17.
Por lo anteriormente mencionado, la recomendación es abonar las multas adeudadas antes de julio, cuando la Unidad Fija incorporará el aumento correspondiente lo que sin dudas repercutirá en los bolsillos de los contribuyentes que no las hayan cancelado a tiempo.
Cabe recordar que los precios del combustible aumentaron un 6 % desde el día sábado 17 de abril en todo el país. Es el quinto incremento del año: el 5 de enero subió 2,9% ; 16 de enero 3,5%; 1 de febrero de entre 1 % en naftas y 1,9 %en gasoil, y en marzo el 7%. El propósito en el rubro es aplicar un aumento acumulado del 15 % hasta mediados de mayo.