Mediante la Resolución 22/2021, publicada el miércoles en el Boletín Oficial de la Nación, el Ministerio de Agricultura definió nuevas pautas que modernizan, operativizan y tienen como objetivo acelerar los trámites y desembolsos de la promoción forestal que se rigen mediante la Ley 25.080.
También establece nuevos mecanismos de control, auditoría y exigencias para los productores forestales, con la idea de tener información actualizada y disponible en forma inmediata sobre la superficie, volumen, valores y cantidad de productores.
En el articulado de la resolución se incorpora la posibilidad de utilizar expedientes y firma digital para evitar el traslado de papeles y hacer que los documentos no deban ser trasladados en forma física, además de posibilitar su disponibilidad inmediata en cualquier fase del proceso. Se hará mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) en su calidad de módulo del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Uno de los principales problemas, que estaba causando que muchos productores dejen de forestar, sobre todo los pequeños, es que los subsidios demoraban años y perdían valor cuando se pagaban. Es por esto que se busca operativizar el sistema.
El subsecretario de Bosques de Misiones, Juan Gauto, explicó a PRIMERA EDICIÓN que “lo que hace es operativizar aspectos administrativos de funcionamiento para agilizar los pagos de la promoción forestal. Todo lo que sean beneficios económicos no reintegrable, plantación y tratamientos silviculturales”.
Aparece “una base de datos y puede ser una buena solución para el tratamiento administrativo y técnico de los planes forestales. También tiene bases de datos de información espacial, georreferenciada, que son formas de ver, analizar y auditar la inversión” de orden nacional. Un “Estado celoso de sus recursos trata de tener un sistema transparente. En eso está la mirada puesta en esta resolución” agregó Gauto.
Otro punto que se modifica: “Antes se habilitaba la firma de profesional (Ing. Forestal) a partir de las plantaciones de 10 ha. En esta resolución se reduce la exigencia para forestaciones de 5ha”.
También aparece un beneficio para aquellos que producen dendroenergía: “Se incorporan en los planes a los productores con plantaciones con objetivos dendroenergéticos”, que no estaban tenidos en cuenta.
Y se reconoce un 10% más de aporte no reintegrable (ANR) a los productores que tienen plantaciones certificadas.
En otro aspecto, el subsecretario de Bosques señaló que “se modifica el tratamiento ambiental de los planes forestales. En esta última norma refiere a la zonificación que pueden optar hacer las provincias en cuencas forestales. Al definir las regiones de actividad forestal en cuencas también se define una serie de buenas prácticas que observan lo ambiental y lo social además de lo productivo. Es una tarea que tenemos encomendada en la provincia a través de nuestra ley forestal”.
El funcionario indicó también que hay artículos que hablan de beneficios impositivos para los productores, pero planteó las dudas teniendo en cuenta que en los últimos 20 años se otorgaron muy pocos: “Entiendo que también vamos a observar en qué modo se agiliza la cuestión fiscal. En dos décadas de promoción forestal hemos visto que muy pocos planes en el país han accedido a los beneficios de régimen de promoción fiscal, que son interesantes”.
Y finalizó: “Hay que mirar en la posibilidad de hacer alianzas entre el forestador e industriales para prever el acceso a los beneficios fiscales”.