La Municipalidad de San Vicente prohibió la quema de basura a cielo abierto en espacios públicos y privados en los ámbitos urbano y suburbano. La medida no contempla el ámbito rural. En esta ordenanza también alcanza la quema de rezagos de aserraderos y cubiertas. Se prevén multas que van desde 50 a 2.500 Unidades Tributarias.
El Concejo Deliberante de San Vicente aprobó la Ordenanza 94 que prohíbe la quema de basura a cielo abierto tanto en el ámbito urbano o suburbano.
La normativa fue propuesta por el Director de Bromatología Zoonosis y Saneamiento Ambiental de la Municipalidad de San Vicente José Insaurralde y tiene como principal objetivo evitar que “ocurran incendios con potencialidad de llegar a ser de magnitud incontrolable”.
En el artículo expresa claramente que está prohibida “en el Municipio de San Vicente, en espacios públicos y/ o privados, la quema de basuras y desechos de cualquier tipo a cielo abierto; esta prohibición incluye la quema de restos vegetales (hojas, ramas, etcétera) que provienen de la limpieza de los predios urbanos y/o suburbanos. Asimismo, queda expresamente prohibido la quema de cubiertas; también la quema de restos de rezagos de aserraderos”.
La norma establece un régimen de multas que pueden ir de 2.700 hasta 137 mil pesos. En el artículo 3 expresa “La infracción a la presente ordenanza se sancionará en pena de multa de 50 a 2.500 U.T. (Unidades Tributarias), según lo previsto en los artículos 82° y 83”. Cabe aclarar que la Unidad Tributaria es el modo que la Municipalidad de San Vicente establece los costos de las tasas y multas, y cada UT equivale a 55 pesos.
La propuesta del municipio es que cada vecino deje embolsado sus residuos de cualquier tipo, para la recolección del camión que pasa regularmente por las distintas zonas establecidas por sectores.
“Los residuos deben ser acondicionados en forma adecuada para la recolección y transporte, esto incluye los restos vegetales (hojas, ramas, etcétera) que provengan de las limpiezas de los predios públicos y/o privados”.