Además se fijó como “precio Garantía” para el brote de té puesto en secadero la suma de $ 4,27 por kilogramo de hoja.
El precio referido se abonará desde el inicio de la zafra tealera hasta el 31 de diciembre de 2019. En caso de que el dólar incremente más de 5% su cotización actual el valor del té se reajustará. Lo mismo para el período de marzo a mayo, señala el artículo 3 de la resolución N° 142 del Ministerio del Agro, con fecha 15 de octubre.
El “precio Garantía” para el té no tipificados (té en rama) puesto en secadero se fija en $ 29,50 por kilogramo de hoja. El precio garantía se incrementará en $ 0,40 cuando el producto provenga de chacras que posean certificación de Buenas Prácticas Agrícolas (B.P.A.).