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Femicidio de Miriam Cubas: finalizaron los alegatos

4 julio, 2019
El fiscal de la causa pidió 25 años de prisión para “Chinchulín” Cardozo

Extensa fue la audiencia previa a la sentencia en el caso Miriam Cubas. Ayer fue la jornada de alegatos y entre los pedidos al Tribunal se escucharon solicitudes de absolución, de penas máximas y hasta cambio en la calificación del crimen al momento de la condena.

Acompañado por las vocales, Lyda Inés Gallardo y María Carla Bergottini (subrogante), el presidente del Tribunal, el magistrado Atilio León, le dio la palabra a la querella en primer término. El doctor Fabio Toledano basó su exposición en la responsabilidad de los tres acusados (Ariel Cardozo, Enzo Álvez Da Silva y Cristian Vargas) en el crimen de la adolescente. Explicó que durante las audiencias hubo una serie de acusaciones cruzadas carentes de sentido para despegar a cada uno de los sospechosos del hecho.

Para apuntar contra Da Silva, detalló que según el testigo Hipólito Torres, se topó con el joven cuando éste salía corriendo del pinar y le dijo que habían matado a una chica. Remarcó que Enzo había declarado que vio como Cardozo le daba una puñalada. En este sentido el querellante se hizo la pregunta ¿cómo sabía que estaba muerta?

Recordó que quedó expuesto en las testimoniales, que cuando su padre le preguntó si él había tenido algo que ver con el asesinato, éste le asintió con la cabeza y por eso después lo llevó a la comisaría.

Respecto a Cardozo señaló que fue él quien abordó a Miriam Cubas, habló con ella y terminó asestándole las puñaladas.

Sobre Cristian Vargas el querellante señaló que todo el tiempo quiso hacer creer que no estuvo en el lugar, pero nunca hubo precisiones para situarlo fuera a la hora del asesinato.

Dijo además que el testimonio de este acusado era inconsistente, dado que dijo que no había salido de su barrio, pero sin embargo varios testigos lo vieron en la zona del pinar.

Cuando le tocó hablar sobre Ariel “Chinchulín” Cardozo, mencionó que la pericia psicológica mostró que “Chinchulín” tenía rasgos predominantemente impulsivos, transgresores y con una muy baja tolerancia a la frustración. Todo esto lo vinculó al crimen de Miriam, dado que para la querella, la habría abordado y terminó matándola al no haber ella accedido a lo que él quería.

“Los acusados aprovecharon la zona” y que ella iba sola para atacarla”, indicó el abogado. Precisó que Enzo Álvez Da Silva acompañó a Cardozo a cometer el crimen mientras que Vargas los seguía de cerca para asegurar que la víctima no escapara.

Más allá de las pruebas que detalló, el querellante sin embargo no describió específicamente el hecho que se imputaba. Finalmente dijo que hubo una “coautoría funcional” y, en base al artículo 80 del Código Penal, pidió la pena máxima para los tres acusados, pero no explicó cuántos años.

 

“No se sometió a interrogatorio”

Al momento de usar la palabra, el fiscal ante el Tribunal, el doctor Federico Rodríguez remarcó que no estaba de acuerdo con la calificación penal con la cual la causa había llegado a juicio. No obstante, dijo que quedaba clara la responsabilidad de Cardozo y Da Silva en la muerte de Miriam Cubas. Puntualizó que el arma era de Enzo además de que él mismo se había autoincriminado.

Al momento de argumentar en contra de Ariel Cardozo, puso en foco que este nunca aceptó someterse a un interrogatorio y, si es que realmente él no había sido, “por una cuestión de sentido común”, el que no es culpable no teme dar explicaciones.

Sobre Cristian Vargas, el fiscal Rodríguez señaló que nunca se pudo asegurar que este acusado hubiera estado en el pinar donde mataron a Miriam, aquel el 7 de abril de 2015.

El fiscal trajo a colación la esquela que le envió a Cristian Vargas, donde le pidió que diga que habían ido a pescar y que su cuchillo había quedado en la mochila de “Chinchulín” y por ello su amigo tenía el arma que mató a Miriam.

Al momento de la acusación, el fiscal pidió la absolución de Cristian Vargas por el “beneficio de la duda”. Sobre Cardozo y Da Silva dijo que “abordaron juntos a Miriam” y en el caso del segundo, como mínimo le “restringió el ámbito de la libertad” (para que no escape), por lo que ambos estuvieron de acuerdo en el homicidio. Fue por ello que indicó que la figura penal que les cabría era la de “coautores de homicidio simple”.

En este sentido, pidió 25 años de prisión para “Chinchulín” Cardozo y que se declarara como penalmente responsable del hecho a Enzo Álvez Da Silva, dado que cuando ocurrió el crimen éste era menor de edad.

 

“Elucubraciones incomprobables”

A su turno, el defensor de Da Silva y Cristian Vargas, el doctor Rodrigo Torres Muruat, comenzó explicando que existían relatos coincidentes que ubicaban a Cristian a esa hora fuera del lugar del crimen.

Por otra parte puso el foco en que, para configurar el hecho que se debatía, era esencial el relato de Enzo Álvez Da Silva, dado que era el único que había descripto con detalles cómo Ariel Cardozo atacó a Miriam. Fustigó a la querella y al fiscal, quienes le reclamaron que debía haber evitado la muerte de la adolescente, pero se preguntó: “Cómo hacerlo si Cardozo tenía un cuchillo”.

Remarcó que las pruebas presentadas no ubican a Enzo como coautor y que todo lo que se ventiló se basó en “elucubraciones incomprobables”.

En este sentido pidió la absolución para Da Silva y que en su defecto se considerara una presunción de autoría y se tenga en cuenta una pena en suspenso, dado que Da Silva buscó llamar por teléfono junto con un vecino para pedir ayuda. Opinó en consonancia con el fiscal, y entendió que no era aplicable la figura de la “alevosía” en el crimen.

Finalmente también pidió la absolución de Cristian Vargas “porque quedó probado, no hay elementos que lo ubiquen en el lugar del crimen” y que como mínimo se tenga en cuenta el beneficio de la duda”.

 

“El cuchillo no lo ata al crimen”

Guiller Itatí Jones, el defensor de Ariel Cardozo, comenzó su alegato tomando como fuera de lugar lo expresado por el fiscal y la querella, para quienes el hecho de que el supuesto cuchillo con el que se cometió el crimen hubiera estado en la casa de su cliente “lo ataba” al hecho.

Sobre esto explicó que hubo una serie de nulidades procesales, en el sentido que no se cuidó la “cadena de custodia” del cuchillo y que este terminó contaminado en el mango con el ADN de una mujer que no se sabe quien era.

Por otra parte exhibió como prueba que una de las pericias indicó que el arma no tenía rastros de sangre. Puntualizó que el cuchillo que sacaron de la casa de Cardozo “no era el que mató a Miriam”.

Apuntó contra Da Silva sobre quien dijo que “mintió todo el tiempo para salvarse” y por eso declaró cosas distintas durante el transcurso del caso. Finalmente pidió la absolución de su defendido.

Luego que el Tribunal diera lugar a las réplicas, pasaron a un cuarto intermedio hasta el lunes 22 de julio a las 11. Los imputados tendrán la posibilidad de dar su última palabra, luego habrá dictado de sentencia.

Tags: Femicidio Miriam CubasTribunal Penal Eldorado
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