Durante la cuarta sesión ordinaria del Concejo Deliberante de esta ciudad se aprobó la reglamentación del artículo 26 de la Carta Orgánica municipal, que establece el acceso libre y gratuito a espectáculos culturales y deportivos en la ciudad para las personas con discapacidad.
La nueva ordenanza, que adhiere a la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, a la Ley nacional 26.378 y a la Ley provincial XIX Nº54, expresa que las personas con discapacidad tendrán “acceso gratuito a los espectáculos públicos, debidamente autorizados por la autoridad competente, que se brinden en el ejido municipal, sea que éstos estén contratados u organizados por el Estado municipal, empresas o particulares”.
Para acceder a los beneficios de esta ordenanza, los interesados deben exhibir el certificado de discapacidad vigente.
La autoridad encargada del evento deberá reservar para los beneficiarios y un acompañante el 3% de del total de localidades en función de la capacidad del lugar en donde se lleve a cabo.
Los organizadores deberán informar a la autoridad de aplicación en caso de que se agote el mencionado cupo.
Siempre según la norma, su órgano de aplicación “podrá otorgar (a los productores de los eventos) una reducción de la tasa tarifaria prevista, en compensación de lo no percibido en concepto de derecho de espectáculo”.