La Resolución 316/2018 de la Secretaría de Energía publicada este miércoles en el Boletín Oficial autorizó la utilización de envases de material compuesto totalmente revestidos, o garrafas de material compuesto, para el fraccionamiento y distribución de Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado en capacidades unitarias de 10, 12 y 15 kilogramos.
Se denominan garrafas de material compuesto a aquellos envases fabricados, entre otros, con polímeros, termoplásticos, termoestables o de elastómeros, reforzados con fibra de vidrio o de aramida, embebidas dentro de una matriz con el fin de soportar esfuerzos longitudinales y circunferenciales, con revestimiento externo para protección e identificación, aclara la norma.
Asimismo, la resolución aprobó los requerimientos y procedimientos que deberán cumplir los fabricantes nacionales, importadores, talleres y fraccionadores y organismos de certificación respecto de los envases, así como las normas técnicas para la construcción, ensayo, acondicionamiento y destrucción de los mismos.
En sus considerandos, la norma indicó que se tuvo en cuenta los adelantos tecnológicos acaecidos y, consecuentemente, los nuevos materiales desarrollados y empleados a nivel mundial en lo que respecta a las garrafas para contener gases licuados, como son los envases de material compuesto totalmente revestido.
Fuente: Agencia de Noticias Télam