La inflación de los últimos meses ha venido superando el 2% mensual y todo parece indicar que continuará con esa tendencia hasta fin de año. Esta situación golpea muy duro a los adjudicatarios de viviendas con el sistema UVI (Unidad de Vivienda) que se actualiza por inflación y deben soportar, cada mes, aumentos de las cuotas similares a los porcentajes de inflación.
Por esta razón, el IPRODHA decidió poner un tope máximo a los aumentos mensuales que no supere el 2%, siempre que el incremento de las UVI sea superior a ese porcentaje.
El índice UVI o Unidad de Vivienda es la milésima parte de lo que vale el metro cuadrado de construcción, (según lo determina el índice ICC o Índice del Costo de la Construcción). Por ejemplo para comprar un metro cuadrado debemos obtener mil UVIs.
El sistema de créditos hipotecarios UVI tiene una tasa de interés fija, pero se actualiza su capital por medio de la inflación. Por lo tanto, si la inflación supera el 2% mensual, seguramente la actualización del capital seguirá esa tendencia.
Por esta razón, el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional emitió la resolución Nº 204, con fecha 3 de septiembre, donde advierte “la necesidad de regular la aplicación del índice UVI (Unidad de Vivienda) a la realidad socio-económica actual de la población adjudicataria de las distintas soluciones habitacionales implementadas por el Instituto”. Además considera que “la última variación mensual del índice UVI ha demostrado un alza considerable y gravosa para las economías de los grupos familiares adjudicatarios de soluciones habitacionales”.
De esa manera se decidió “que cuando exista una variación del índice UVI de un período mensual a otro, superior al 2%, se aplicará un índice UVI cuya diferencia porcentual con el del período anterior no supere ese tope. Los puntos porcentuales que excedan este tope, serán subsidiados en forma provisoria y acumulativa por el Instituto en tanto y en cuanto las condiciones económico-financieras así lo permitan”.