En ese sentido, el director general de Control Comunal, Gastón Sanabria, explicó que “la normativa exige que los locales estén debidamente habilitados para la actividad y deja en claro que está prohibida la venta en la vía pública, tanto en puestos fijos como ambulantes y en lugares de gran concentración de personas”.Los elementos prohibidos son todos los que no se estén debidamente registrados en la Dirección General de Fabricaciones Militares, los artificios de autopropulsión libre o efectos audibles (salvo las cebitas destinadas a pequeños juguetes); los comunes o de uso industrial que no se conserven íntegramente en envoltura original con sus inscripciones tal como hayan sido registradas; los denominados helicópteros, satélites, jet, cañitas voladoras, pistola de luces (por el peligro que representan en los techos precarios), rompeportones gigantes, bombas de mano o bombas de cancha.En caso de que los vendedores de este tipo de mercaderías no cumplan con el instrumento legal, se procederá a las penas correspondientes y al decomiso del stock, dando intervención al Tribunal de Municipal de Faltas de turno. Para denuncias, se puede llamar al teléfono de la Dirección de Control Comunal: 4437705.




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