POSADAS. Muchos trabajadores del Poder Legislativo que tienen la edad pero no se jubilan por los bajos salarios que paga la Provincia, podrían hacerlo y percibir el 75% de su último sueldo en actividad, si la Legislatura provincial sanciona el proyecto de ley ingresado durante la primera semana de julio que pretende instaurar una “ventana jubilatoria”.En el artículo 1 se crea un adicional “equivalente a la diferencia entre lo que debe percibir el beneficiario por jubilación ordinaria y el monto equivalente al 75% de las remuneraciones netas percibidas por el afiliado en el mes inmediato anterior al del otorgamiento del beneficio, incluidos los adicionales o incrementos que se le otorguen con carácter general; excepto el Sueldo Anual Complementario”.El proyecto pertenece al presidente de la Legislatura y conductor del Frente Renovador, Carlos Rovira y alcanzará a los trabajadores designados y en actividad en planta permanente, quedando excluidos quienes se desempeñen en cargos políticos y planta temporaria”.Como requisitos se establece que el agente alcanzado debe tener cumplida la edad de 60 años en caso de las mujeres y 65 años de edad los varones; acreditados treinta años de servicios con aportes, de los cuales quince años deben ser con aportes al Instituto de Previsión Social de la Provincia; estar en actividad al 31 de julio de 2015 en la Cámara de Representantes.El adicional se financiará con las partidas presupuestarias específicas que se asignen por Rentas Generales, de conformidad con la reglamentación que así lo establezca, sin cargo de devolución para el Instituto de Previsión Social.“Existe un gran número de agentes en actividad de la Cámara de Representantes que se encuentra con la edad y el tiempo de servicios requeridos para acceder al beneficio de Jubilación Ordinaria que otorga el IPS”, se indica en los fundamentos. “Entendemos que atendiendo a los principios de seguridad social y a los fines de lograr que los beneficios previsionales cumplan con su objetivo primordial de integridad, cobertura y autosuficiencia, resulta necesario establecer un adicional compensatorio”, se agrega.El autor del proyecto agrega que “se establece que la financiación del beneficio -adicional compensador- estará a cargo del Ministerio de Hacienda, a través de Rentas Generales de la Provincia”.





Discussion about this post