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El CGE puede ser denunciado por incumplimiento del deber público

5 julio, 2015

POSADAS. La decisión del Consejo General de Educación (CGE) de reconocer que titularizó al menos en dos oportunidades a personas que no tenían título específico y, al mismo tiempo, rechazar la revocatoria de esas medidas administrativas amparándose en la Ley I Nº 89, hecho publicado ayer por PRIMERA EDICIÓN, generó el rechazo de los abogados especialistas en Derecho Administrativo. Según los catedráticos consultados, si bien es cierto que la Ley I Nº 89 establece que si hay un acto administrativo firme que genere derechos, la administración no puede revocar ese acto sino la Justicia; “pero esa misma ley establece el deber -en este caso del CGE- de declarar nulo ese acto administrativo y ordenar la acción judicial de nulidad del acto. Esto no es una facultad del CGE sino un deber. Además, la misma ley faculta a la administración a suspender provisoriamente los efectos de ese acto nulo”, remarcaron. El fallecido catedrático Julio Rodolfo Comadira, figura saliente del derecho administrativo argentino, también se refirió a esta cuestión presente en la norma nacional y provincial. Al respecto, Comadira precisó que “cuando la Administración carece de la posibilidad de anular oficiosamente un acto, tiene que emitir otro en el cual ‘declare’ administrativamente la nulidad, disponga la suspensión provisional de sus efectos y ordene la inmediata interposición de la demanda judicial correspondiente, con sujeción, obviamente, al trámite previo constitutivo del ‘debido proceso adjetivo’ en favor de los lesionados por tales decisiones”.Por esa razón, los abogados fundamentaron que los docentes denunciantes ante el CGE pueden denunciar a ese organismo por incumplimiento de un deber público.Una obligación, no una facultadUn requisito fundamental para que se pueda ejercer la acción de lesividad en el ámbito judicial, acción que el propio CGE menciona en su resolución, es la declaración de nulidad administrativa. “El CGE está obligado a declarar nulo el acto, no puede pasar por alto esta obligación estipulada en la Ley I Nº 89 que utiliza para  justificar su imposibilidad de dar marcha atrás en las titularizaciones de personas que no reúnen los requisitos, también establecidos por ley, para ser titulares”, advirtieron los expertos en derecho administrativo consultados. Además, remarcaron que, sin perjuicio de esta declaración de nulidad del acto administrativo, el CGE puede además ordenar la suspensión de los efectos de ese acto que está infringiendo la legalidad. Responsabilidades Si bien la responsabilidad de la irregularidad del acto administrativo (titularización docente sin título del beneficiado) cae sobre el organismo responsable de esa decisión, el propio Consejo General de Educación, algunos apuntaron también sobre la responsabilidad del Tribunal de Cuentas y los mismos docentes beneficiados.  Al respecto, opinaron que es muy difícil que los interesados no hayan sabido de la irregularidad de su titularización puesto que carecían de título específico. “Es una vergüenza que el CGE esté premiando esta situación y ratifique la continuidad en el cargo de esas personas a quienes se les paga un sueldo”. Incluso algunos van más allá y señalan que cuando la Justicia revoque estas titularizaciones, corresponderá una orden judicial para que estas personas estén obligadas a devolver el dinero que cobraron durante todo el tiempo que estuvieron en el cargo. “Acá hay un engaño a la administración pública que debe resarcirse”, advirtieron.     Hay muchos otros casos Según confirmó ayer a PRIMERA EDICIÓN la secretaria general de la Unión de Docentes Nueva Argentina de Misiones (Udnam), Estela Genesini, gremio que lleva adelante el patrocinio legal de los docentes  Pamela Ailín Mendoza, Valdemar Alvez Correa y Jorge Villalba Chlodum, que pidieron la revocatoria de las titularizaciones de dos personas sin título (Omar Saade y Diego Iván Acuña) “esto recién empieza pues estos dos casos son los primeros de los que recibimos cédula de notificación, pero hemos realizado reclamos por muchos otros casos de titularizaciones de personas que no reúnen los requisitos, entre estos, la falta de título. Suponemos que ahora empezaremos a recibir las correspondientes cédulas de notificación del Consejo General de Educación”, anticipó.La dirigente gremial corroboró que el asesor legal del sindicato, el abogado Javier Lorenzo Olano, evalúa junto a los docentes damnificados los pasos que seguirán luego que el CGE admitió que las titularizaciones fueron irregulares pero que la revocatoria de las mismas deberá hacerse en la Justicia, ya no en ese organismo de la administración publica. “Esta semana se evaluará una posible apelación”, anticipó Genesini.  

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