ELDORADO. Por Decreto 136/2014 fue promulgada la Ordenanza 133/2014 que en su Artículo 1º establece que los Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal deberán concurrir al Concejo Deliberante “trimestralmente con una alternancia de una semana por cada Secretario convocado a tal efecto”.La finalidad es “producir informes relativos a la marcha de su área de gobierno y los que les fueran requeridos por el Concejo Deliberante, por escrito con antelación mínima de cinco días”.Además, la Ordenanza establece que la entrada en vigencia de la presente norma es a partir del 1 de Enero de 2015. Finalmente, fija el siguiente orden de concurrencia: 1) Secretaría de Hacienda; 2) Secretaría de Obras y Servicios Públicos; 3) Secretaría de Acción Social y Medio Ambiente; y 4) Secretaría de Gobierno.





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