EL SOBERBIO. La resolución es polémica y seguramente concitará la adhesión o rechazo de especialistas en la materia. A través de ella, la jueza en lo Correccional y de Menores de Oberá, Marta Arrúa, notificó al director del hospital de El Soberbio, Jorge Alberto Báez, que el personal de ese centro de salud debía abstenerse de brindar terapia psicológica a las víctimas de abusos sexuales, “una vez que el hecho criminal ha sido judicializado”.El decisorio se basó en que, de producirse la contención profesional, “las declaraciones de la víctima, al momento de llevarse a cabo la Cámara Gesell, ya estarían contaminadas, obstruyendo así el real establecimiento del ilícito”.La notificación que lleva la firma de la jueza es del 10 de septiembre pero trascendió recién con el caso de la adolescente, de 15 años, que denunció por violación a Ederson Pereyra, hijo del intendente de El Soberbio.La joven ya declaró en Cámara Gesell. No sólo confirmó la denuncia, sino que brindó otros detalles del lamentable episodio. Sin embargo, desde el momento del hecho y hasta ahora, fue asistida sólo en dos oportunidades por personal de la Comisaría de la Mujer, dependiente de la UR VIII, fuertemente cuestionada por las citaciones intimidatorias que envió a los referentes de las movilizaciones que reclaman Justicia para el caso de esta joven de 15 años.En ningún caso fue asistida, contenida o recibió ayuda del personal profesional del Cuerpo Médico Forense de la provincia, indicaron allegados a la supuesta víctima.La medida ordenada por Arrúa pareciera dejar de lado a la víctima para adentrarse únicamente en el éxito de la investigación judicial. Pareciera ser que, a su entender, ambas cosas son incompatibles o impracticables sin que una afecte a la otra. Con su decisión, la magistrada buscaría salvaguardar la fuerza o solidez de la Cámara Gesell como elemento de prueba fundamental en el proceso, cuando no es la única alternativa.Igual o más peso específico tendría elegir el momento más oportuno para hacerla; cuanto antes mejor, porque podría decirse que el relato aparece en su máximo nivel de transparencia.Una situación similar se da con las profesionales que debieran asistir a la víctima. Al contrario de lo que sostiene la jueza, cuanto antes mejor. Lo que pasa es que para el buen resultado de la pericia se necesita personal idóneo y se supone que el del Cuerpo Médico Forense lo es.También es de imaginar que se trata de profesionales capaces de lograr un testimonio claro y limpio, carente de vicios o potenciales nulidades.La orden de la jueza en lo Correccional y de Menores tiene fecha del 10 de septiembre pasado, casi un mes antes del escándalo desatado en El Soberbio, que involucra a Ederson Pereyra en la supuesta violación de la hija de un peón de su padre.La misma no hace alusión a un caso particular, por lo que comprende a todos. Es decir, es como un protocolo de actuación de qué hacer o cómo reaccionar en casos de menores abusadas sexualmente.Para esa fecha de septiembre, la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Correccional de la provincia había tumbado la Cámara Gesell efectuada a una nena de ocho años, supuestamente abusada por un locutor de Oberá.Pero los fundamentos fueron otros. En este caso puntual, la defensa no había sido notificada de la diligencia afectando, en forma irreparable, el derecho de defensa y debido proceso del imputado.Por eso se dispuso la realización de otra. En ese hecho, desde la misma Cámara indicaron que no había motivos para pensar que otra declaración en la Gesell estaría contaminada.Además, en ese sentido, se supone que las profesionales están capacitadas para detectar algún tipo de influencia externa en el relato de la víctima.Y como si fuera poco, las partes tienen participacion en el acto procesal, incluso a través de la intervención de un perito de parte. Lo cierto es que, a casi un mes del hecho en El Soberbio, la adolescente continúa sin contención profesional.





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