BUENOS AIRES (Medios Digitales). Los funcionarios del Gobierno nacional podrán consignar a partir de ahora menos datos en las declaraciones juradas de bienes que están obligados a hacer públicas. Esto es así por la Ley de Declaraciones Juradas que aprobó el Congreso con impulso del kirchnerismo en el marco del paquete de la reforma legislativa y su reciente reglamentación por parte del Gobierno.La norma amplía el universo de dirigentes obligados a presentar declaraciones juradas: además de los mandatarios y funcionarios y del Gobierno nacional, los jueces y fiscales, los miembros del Consejo de la Magistratura, los embajadores y el personal jerárquico de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, de los entes reguladores, de los organismos de control y de las universidades, entre otros, también tendrán que hacerlo los candidatos a cargos electivos nacionales (además del presidente y el vice, los diputados y senadores).Además, en todos los casos esas declaraciones juradas serán públicas. Pero, al mismo tiempo, se modifica lo que antes era obligatorio y se reduce el detalle de datos a los que puede acceder el público. El argumento para que estas declaraciones juradas públicas sean “iguales a aquellas que con fines impositivos se presentan ante la AFIP” es que eso dotará “de mayor congruencia al sistema” y optimizará “la calidad y certeza de la información”.Así, en la declaración pública ya no se piden detalles como los metros cuadrados de los inmuebles declarados y el origen de los mismos, como hasta ahora era obligatorio. Y, además, a la declaración que será pública se añade un “anexo reservado” en el que se solicitan los datos del cónyuge o conviviente del funcionario, y de sus hijos menores no emancipados. En ese anexo, la información de bienes familiares incluye los bienes inmuebles, tarjetas de crédito, depósitos y dinero en efectivo e ingresos por venta de bienes inmuebles. También un apartado donde se deben declarar los antecedentes laborales y actividades actuales “remuneradas o no” del particular afectado.Las declaraciones juradas deberán constar tanto en el ente recaudador como en la Oficina Anticorrupción del Poder Ejecutivo y en las dependencias que determinen los poderes Judicial y Legislativo. Y deberán ser publicadas en Internet -sin el “anexo reservado”- para facilitar “un mejor y eficiente control social del desempeño de los funcionarios públicos”.





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