La Cámara de Representantes de Misiones sancionó el pasado jueves la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública para el ejercicio financiero 2027, que establece erogaciones por $5.534.162.022,00 y recursos estimados en $4.800.914.349,00
La norma, promulgada este martes 13 de octubre por el gobernador Hugo Passalacqua a través del Suplemento 16693 publicado en el Boletín Digital, calcula una necesidad de financiamiento de $796.789 millones y contempla $814.947 millones en financiamiento total, de los cuales $18.157 millones corresponden a la amortización de deudas. Con esos valores, la ley estima un resultado presupuestario equilibrado, incluyendo a todos los poderes del Estado.
El presupuesto fija partidas específicas para organismos provinciales, entre ellos el Instituto de Previsión Social (IPS), el Parque de la Salud, la Dirección General de Rentas (DGR), el Instituto de Macroeconomía Circular (IMaC), el Instituto Misionero de Biodiversidad (IMiBio), el Instituto Forestal Provincial y el Instituto de Artes Audiovisuales de Misiones.
Además, establece una planta permanente de 65.008 cargos y un total de 282.133 horas cátedra para el ejercicio 2027.
Límites a las contrataciones y cambios presupuestarios
Entre las disposiciones generales, la ley establece límites a las contrataciones de personal temporario en distintas jurisdicciones, con excepciones para áreas determinadas, como Educación y Ecología. También dispone que distintos poderes y organismos constitucionales informen semestralmente al Ejecutivo sobre designaciones, contrataciones, recategorizaciones y otras modificaciones en la situación de sus agentes, con fines fiscales, presupuestarios y estadísticos.
La norma autoriza, además, al Poder Ejecutivo a realizar reestructuraciones presupuestarias de hasta el 10% del presupuesto general, bajo las condiciones y exclusiones previstas en la propia ley.
Otro punto contempla la posibilidad de constituir sociedades del Estado, con participación estatal mayoritaria o de economía mixta, destinadas a desarrollar actividades industriales, comerciales, científicas, turísticas, asistenciales y de servicios, entre otras.
La ley también faculta a la Dirección General de Rentas a avanzar con la digitalización de sus procedimientos administrativos y fiscales, mediante herramientas como expedientes electrónicos, firma digital, notificaciones electrónicas y archivos digitales.










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