El Gobierno nacional prorrogó por un año la intervención de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), organismo encargado de regular y fiscalizar las actividades vinculadas con el cannabis medicinal y el cáñamo industrial en Argentina.
La decisión fue formalizada mediante el Decreto 1147/2026, publicado este martes 6 de octubre en el Boletín Oficial.
Se estableció la continuidad del esquema de intervención que comenzó en 2024 y que ya había sido prorrogado durante 2025. Además, dispuso que Ignacio Ferrari continúe como interventor, con las facultades correspondientes a la conducción del organismo.
La intervención se mantendrá durante 12 meses, con la posibilidad de extenderla por otro período equivalente mediante una resolución fundada.
Por qué continúa intervenido el organismo
El 7 de julio del año pasado, a través del Decreto 462/2025, el Gobierno dispuso la disolución de la ARICCAME con el objetivo de transformarla en una dirección nacional dentro del Ministerio de Economía. El objetivo era que la ANMAT recuperara la regulación integral de la flor de cannabis y sus derivados con destino medicinal, mientras que la Secretaría de Industria y Comercio regulara el cáñamo industrial, excluyendo la flor.
No obstante, el decreto fue rechazado por las Resoluciones 95/2025 de la Cámara de Diputados y 56/2025 del Senado de la Nación. En consecuencia, mediante el Decreto 627/2025, el pasado 2 de septiembre el Gobierno restituyó la plena vigencia de las disposiciones normativas oportunamente derogadas. Por lo tanto, consideró procedente que la prórroga de la intervención tenga vigencia a partir del 3 de septiembre de 2025.
Qué establece la nueva prórroga
ARICCAME fue creada por la Ley 27.669, que estableció el marco regulatorio para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en Argentina.
Entre sus funciones se encuentran la regulación, autorización y fiscalización de actividades productivas relacionadas con el sector, de acuerdo con las competencias establecidas por la legislación nacional
La medida no introduce modificaciones en los requisitos de acceso al cannabis medicinal ni en el funcionamiento del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN), dependiente del ámbito sanitario nacional.
Las empresas y personas que solicitan licencias deben acreditar los requisitos establecidos por la ley, su reglamentación y las normas complementarias. El procedimiento también contempla la intervención de otros organismos, de acuerdo con sus competencias.
Por eso, el funcionamiento de la agencia importa más allá de su estructura administrativa. Para quien prepara un proyecto productivo, el alcance de una autorización y las condiciones para obtenerla forman parte de las decisiones de inversión. La conducción estatal tiene allí una responsabilidad concreta.
Nuevas reglas y resultados por medir
Durante 2026, la agencia avanzó con regulaciones específicas. En junio estableció un procedimiento especial de adecuación para otorgar licencias vinculadas a órganos de propagación de cannabis con fines medicinales.
En septiembre, aprobó un régimen para actividades relacionadas con el cáñamo con fines hortícolas. La norma incorporó criterios de identificación y trazabilidad del material vegetal, destinados a facilitar la fiscalización y reconstruir la historia productiva y documental de cada lote.
Esas decisiones muestran actividad regulatoria, pero su publicación no alcanza para medir los resultados. La evaluación requiere conocer cuántos trámites se resolvieron, qué autorizaciones se otorgaron y cómo se aplican los controles previstos. Es la diferencia entre aprobar una herramienta y demostrar que funciona.
Fuente: El Confidencial, El Once y Farmabiz.






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