La Municipalidad de Posadas extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia del Régimen Especial de Facilidades de Pago destinado a la regularización de deudas correspondientes al Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor (Tasa de Comercio).
La prórroga fue oficializada mediante la Resolución General Nº 011/2026 y responde a un pedido realizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Misiones y la Cámara de Comercio e Industria de Posadas (CCIP), que solicitaron ampliar el plazo debido a las dificultades que aún enfrentan numerosos comercios, industrias, empresas de servicios y otros contribuyentes para ponerse al día con sus obligaciones tributarias.
Desde el municipio señalaron que la medida busca ofrecer una nueva oportunidad para regularizar deudas en condiciones favorables, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales y contribuir al sostenimiento de la actividad económica local.
El secretario de Hacienda, Desarrollo Económico y Turismo, Martín Leiva Varela, explicó que la decisión es el resultado del diálogo permanente entre el municipio y las instituciones representativas del sector privado.
“Desde la Municipalidad mantenemos un diálogo permanente con las instituciones intermedias porque entendemos que son un canal fundamental para conocer la realidad del sector productivo. Tanto el Consejo Profesional de Ciencias Económicas como la Cámara de Comercio nos plantearon la necesidad de extender este régimen y decidimos acompañar ese pedido“, expresó.
El funcionario sostuvo además que, en un contexto económico complejo, el objetivo es brindar herramientas que permitan a los contribuyentes regularizar su situación sin descuidar una administración tributaria responsable.
“Nuestro objetivo es brindar herramientas que permitan a los contribuyentes regularizar su situación, sostener la actividad y seguir impulsando el desarrollo económico de Posadas, sin resignar una administración tributaria responsable”, agregó.
Los beneficios del régimen
El plan contempla distintos beneficios según la modalidad de pago elegida.
Para los contribuyentes y agentes de recaudación que no hayan practicado retenciones y percepciones, se establecen las siguientes condiciones:
Pago al contado: reducción del 80% de los intereses resarcitorios y del 100% de las multas.
Pago en 2 o 3 cuotas: reducción del 40% de los intereses y del 100% de las multas.
Pago en 4 a 6 cuotas: reducción del 20% de los intereses y del 100% de las multas.
Pago en hasta 12 cuotas: reducción del 80% de las multas.
En tanto, para los agentes de recaudación por retenciones y percepciones practicadas y no depositadas, los beneficios serán:
Pago al contado: reducción del 30% de los intereses y del 100% de las multas.
Pago en 2 o 3 cuotas: reducción del 15% de los intereses y del 100% de las multas.
Pago en 4 a 6 cuotas: reducción del 10% de los intereses y del 80% de las multas.
Además, las multas formales tendrán una reducción del 60%, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General N.º 008/2026.
Desde la Dirección General de Rentas recordaron que el régimen permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 e invitaron a los contribuyentes a acercarse a las dependencias municipales o consultar los canales oficiales para conocer los requisitos de adhesión.






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