La nueva defensa de Nahir Galarza presentó ante la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) un pedido formal para revisar la condena a prisión perpetua por el homicidio de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.
El recurso fue presentado por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la representación legal de Galarza a fines del año pasado, luego de que en julio de 2024 la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara el último planteo de la defensa anterior y dejara firme la condena.
La presentación se fundamenta en el artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que contempla la posibilidad de revisar sentencias firmes ante situaciones excepcionales. Según el planteo, existen nuevos argumentos que podrían modificar la evaluación realizada durante el proceso judicial.
Entre los puntos centrales del recurso, la defensa cuestiona la validez de una prueba pericial vinculada al análisis del teléfono celular de Galarza y sostiene que esa evidencia tuvo un peso determinante en la sentencia.
El informe fue elaborado por Gabriela Laiño, perito de la Policía de Entre Ríos, y fue considerado una de las pruebas principales para establecer la existencia de una relación de pareja entre Galarza y Pastorizzo, aspecto que permitió aplicar la figura de homicidio agravado por el vínculo.
Además, el planteo sostiene que el caso no fue analizado bajo una perspectiva de género y argumenta que fallos posteriores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del propio Superior Tribunal entrerriano podrían permitir una revisión de la condena bajo criterios jurisprudenciales más recientes.
La defensa también cuestionó la interpretación aplicada para determinar la existencia de una relación de pareja entre Galarza y Pastorizzo, al considerar que no se habrían tenido en cuenta determinados requisitos legales, como la existencia de un proyecto de vida en común.
Ahora, la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos deberá evaluar los argumentos presentados y definir si corresponde habilitar el proceso de revisión solicitado sobre la condena dictada el 3 de julio de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú.






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