La Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a marcar el pulso del sistema tributario argentino con un fallo que declara inconstitucional el esquema de alícuotas diferenciales en Ingresos Brutos aplicado por Santa Fe, en una decisión que apunta directamente contra lo que el tribunal considera “aduanas interiores” encubiertas. El pronunciamiento no sólo resuelve un caso puntual, sino que consolida una doctrina que impacta de lleno en la industria, la logística y el comercio interprovincial.
El expediente tuvo como protagonista a la firma Rieles y Cosas S.A., que cuestionó haber sido gravada con una alícuota superior por no estar radicada en territorio santafesino. Mientras las empresas locales tributaban menos, la compañía debía afrontar una carga mayor, lo que derivó en un planteo judicial que finalmente fue respaldado por el máximo tribunal. La Corte entendió que esa diferencia no era razonable ni neutral, sino que constituía una barrera directa al comercio entre provincias.
Qué pasa en Misiones
El ministro de Hacienda de Misiones, Adolfo Safrán, sostuvo que la decisión judicial no impacta en la estructura tributaria local y explicó que la provincia ya cumple con los criterios establecidos por la Corte. A través de sus redes sociales, el funcionario remarcó que “el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia no afecta a nuestra provincia” y fundamentó su postura en el esquema impositivo vigente en el territorio misionero.
⚖️ Un fallo de la Corte Suprema que no afecta a #Misiones
Quiero informar que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia no afecta a nuestra provincia. ¿Por qué?
✅ El trasfondo del Fallo: El fallo versa sobre la inconstitucionalidad de las normas de dos provincias… pic.twitter.com/hN9FljmPOf
— Adolfo Safrán (@adolfosafran) April 10, 2026
Safrán señaló que el fallo se centra en situaciones registradas en Santa Fe y Salta, donde se aplicaban tasas más altas a empresas no radicadas en esas jurisdicciones. En ese sentido, precisó que “el fallo versa sobre la inconstitucionalidad de las normas de dos provincias que les impide aplicar alícuotas diferenciales mayores del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a industrias no radicadas”, diferenciando ese escenario de la realidad local.
En esa línea, aseguró que en Misiones no existe ese tipo de discriminación fiscal y enfatizó que “nuestra Agencia Tributaria no aplica alícuotas diferenciales entre empresas locales y de otras provincias”. Según indicó, el principio de igualdad ante el impuesto es la base del sistema provincial, lo que evita conflictos como los que motivaron las demandas judiciales en otras jurisdicciones.
El titular de Hacienda también contextualizó el alcance temporal de la decisión del máximo tribunal y sostuvo que se trata de litigios vinculados a períodos anteriores. “La decisión de la Corte se refiere a causas antiguas de Salta y Santa Fe”, afirmó, al tiempo que recordó que esas prácticas ya habían sido modificadas tras el Consenso Fiscal de 2017, al que la mayoría de las provincias adhirieron de manera voluntaria.
En ese marco, interpretó que el fallo aborda situaciones que en la práctica ya habían sido corregidas y consideró que se trata de “cuestiones abstractas” desde el punto de vista jurídico, al no estar vigentes los esquemas cuestionados.





