En medio de un escenario económico marcado por la pérdida del poder adquisitivo y el aumento del endeudamiento de los hogares, en la Legislatura de Misiones impulsan una iniciativa para limitar los embargos y descuentos compulsivos sobre los salarios de los trabajadores estatales.
La propuesta apunta a garantizar que una parte del ingreso mensual de los empleados públicos quede protegida frente a retenciones vinculadas a préstamos, créditos, mutuales u otros mecanismos de descuento directo. El objetivo es asegurar que, aun con obligaciones financieras vigentes, los trabajadores mantengan un ingreso mínimo que les permita cubrir necesidades básicas.
En ese contexto, el diputado provincial Cristian Castro presentó un proyecto de ley en la Cámara de Representantes para establecer un margen salarial intocable equivalente al Salario Mínimo Vital y Móvil. La iniciativa plantea que ese monto tenga carácter alimentario e inembargable, de modo que ningún descuento pueda reducir los haberes por debajo de ese piso.
La medida surge a partir de situaciones detectadas entre docentes, policías y otros agentes del Estado que, tras la aplicación de múltiples descuentos, terminan percibiendo una porción muy reducida de su sueldo. Según se advirtió durante la presentación del proyecto, existen casos en los que las retenciones llegan a absorber entre el 70% y el 90% del salario mensual.
El proyecto establece además límites al sistema de “códigos de descuento”, mediante el cual distintas entidades financieras, mutuales y servicios sociales realizan retenciones directas sobre los haberes de los trabajadores públicos. La iniciativa plantea reforzar los controles sobre este mecanismo para evitar niveles de endeudamiento que comprometan el ingreso disponible de los empleados.
La norma alcanzaría a trabajadores y funcionarios de los tres poderes del Estado provincial, así como también a organismos descentralizados, entes autárquicos y empresas o sociedades con participación estatal mayoritaria.
Entre otros puntos, la propuesta fija que el Estado provincial no podrá actuar como agente de retención cuando los descuentos vulneren el límite establecido por la ley. Asimismo, declara nulas las autorizaciones que impliquen que el trabajador perciba un salario por debajo del monto protegido.
En caso de aprobarse, las mutuales, asociaciones y entidades crediticias que operan mediante códigos de descuento deberán adecuar sus convenios en un plazo de 90 días desde la entrada en vigencia de la norma, con el fin de ajustarse a los nuevos límites establecidos.









