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Los “presuntos infractores” de fotomultas piden una mayor transparencia operativa

Notificaciones que nunca llegaron, ausencia de información sobre cómo realizar el descargo, son solamente algunos de los elementos que “condicionan” la posibilidad del usuario de intentar defenderse ante las multas.

19 enero, 2026
MÁS INFO. Los “presuntos infractores” pretenden mayor claridad sobre las multas, radares y descargos.

MÁS INFO. Los “presuntos infractores” pretenden mayor claridad sobre las multas, radares y descargos.

La señalización de los radares que controlan la velocidad y emiten fotomultas a quienes superan los límites preestablecidos, como así también el procedimiento posterior de notificación, defensa y pago de la misma, continúan siendo objeto de numerosos reclamos de usuarios quienes consideran que “existen irregularidades en ese proceso” y que en definitiva se alejan del tan mentado propósito de “ordenar el tránsito y prevenir siniestros viales”.

En la nota publicada por PRIMERA EDICIÓN el pasado lunes 12 del corriente, se explicó sobre la existencia de 46 radares habilitados en la provincia por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que pueden constatarse con solamente ingresar al sitio web oficial. Allí se pueden apreciar los municipios y altura en que están instalados los cinemómetros fijos y también los radares móviles que pueden “aparecer” en cualquier punto, pero que deberían ceñirse a la señalización previa pertinente establecida por ley nacional, algo que, según los conductores, en varios sitios no ocurre.

Pero el planteamiento realizado por los conductores que tuvieron que concurrir a la UACI (Unidad Administrativa de Control de Infracciones) vuelven a poner sobre el tapete un tema recurrente: la falta de una información más clara de cómo proceder al “enterarse” que fue multado, los tiempos válidos para pagar y/o hacer el descargo o los valores por cada infracción, que parecieran ser datos menores pero que “deberían estar al alcance de todos y no quedar solamente en manos de quien te atiende en la UACI”, indicó José Rodríguez, uno de los tantos multados a través de los radares de la provincia.

Contó todo lo que tuvo que andar para simplemente terminar pagando y quiso que su experiencia sirva para que no se repita con otros conductores. Así, comentó que “nunca recibí ninguna notificación de multa en mi casa ni por ningún otro medio”, porque la verdad es que no sabía que podían mandarme un correo electrónico o por Whatsapp, cosa que me enteré recién ahora cuando tuve que hacer el trámite de pagar”.

Rodríguez apuntó que “me fui a renovar mi licencia de conducir y me decían que tenía un par de multas y en realidad, repito, no tenía ninguna notificación”. Me indicaron dónde tenía que ir y lo primero que hicieron en ese lugar fue poner en duda mi palabra, cuando les dije que no había recibido ninguna citación, cédula o algo así. Después solo me dijeron que debía pagar y que me hacían un descuento. Les dije si podía hacer un descargo y me dijeron que como ya había pasado varios meses solo me quedaba pagar y así podría acceder a un descuento, de lo contrario iban a mandar mi multa a la Justicia provincial, cosa que menos todavía entendí”.

El presunto infractor remarcó que “les señalé el tema que en el lugar que me decían en que me excedí en la velocidad no había carteles de radar”, apenas un par de conos a un costado, en la banquina, a lo que me respondieron que no se rigen con las mismas exigencias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que la Ley provincial de radares, no recuerdo qué número, dice en uno de sus artículos que solamente deben informar de manera genérica dónde hay un radar, sin necesidad de emplear toda la cartelería avisando al conductor como sí ocurre en otras provincias”.

En la misma línea, Rodríguez aseguró sentirse “como si fuera una broma, una tomada de pelo”, porque si tengo que ir a Iguazú desde Posadas, como me pasó, y no tienen la obligación de especificar dónde hay un radar, es muy probable que me exceda de velocidad en algún punto de los 300 kilómetros que debo recorrer”.

¿LOS AMPARA? La ley vigente en la provincia no requiere del enconado y la cartelería sobre una determinada extensión, como sí está establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

“Cuando no te notifican, te quitan el derecho a defensa”

En otro de los casos conocidos por este Diario, una conductora de 62 años que prefirió mantener su nombre en reserva relató la odisea que le tocó vivir con el tema de las fotomultas en Misiones, al enterarse, al momento de intentar transferir su vehículo, de que tenía once actas de infracción. Aseguró que nunca fue notificada y que se “vulneró” su “derecho a defensa”.

Según su relato, al adquirir el vehículo realizó todos los pasos correspondientes de manera inmediata. “Compramos el auto e hicimos una transferencia inmediata, no es que demoramos los papeles. Enseguida lo tuvimos a nuestro nombre”, explicó.

Sin embargo, la tranquilidad se rompió dos años después. Tras haber utilizado el rodado para viajar y circular con normalidad por distintos destinos de Argentina, la familia decidió venderlo. Fue allí, en el Registro, donde el sistema les devolvió una imagen desconocida de su propio historial: “Cuando lo fuimos a vender, nos enteramos de que teníamos multas”. Primero nos dijeron que eran cinco”, contó, pero después la cosa cambió.

El núcleo del reclamo de la mujer radicó en la ausencia total de comunicación, lo cual “impide el ejercicio del derecho a defensa”, dijo enfática. Y luego aseguró poseer una estabilidad domiciliaria que debería haber facilitado cualquier aviso legal. “Tengo 62 años y hace 30 años que vivo en el mismo domicilio. Siempre tuve el mismo número de teléfono”, detalló.

Al indagar sobre por qué nunca llegaron los avisos a su casa, la respuesta oficial destapó una irregularidad administrativa. “Me dijeron que estaban notificadas a otra persona, al dueño anterior, se supone que a una empresa”, relató.

El sistema había fallado en actualizar al titular real, enviando las multas a una dirección que ya no correspondía al vehículo, a pesar de que la transferencia se había hecho en tiempo y forma. “Ellos habían notificado a otra persona y ese fue el error”, lamentó.

Lo que agravó la situación fue la magnitud de la deuda acumulada en silencio. Al profundizar en el reclamo telefónico, la cifra inicial de cinco multas se multiplicó: “Resulta que ahí me dijeron que no eran solo cinco, sino que tenía más multas y eran once en total”.

La indignación de la conductora escaló cuando percibió que, administrativamente, se intentaba subsanar el error sobre la marcha, alterando los registros. Según su testimonio, al reclamar que las notificaciones habían ido a la persona incorrecta, los operadores modificaron los datos en tiempo real. “Ahí corrigieron ellos en la computadora que habíamos sido supuestamente nosotros los notificados”, denunció.

Esta maniobra dejó a la familia en una situación de indefensión absoluta. “Al no recibir las multas en el momento de la infracción, se pierde la oportunidad de pago voluntario con descuento o, más importante aún, la posibilidad de apelar”, señaló. “Increíblemente uno no tiene derecho a defensa. ¿Cómo no nos van a avisar?”, cuestionó.

Además indicó que “quedábamos como que éramos unos conductores compulsivos y temerarios”.

Apuntó que “no somos personas que vamos a alta velocidad, hemos viajado por todos lados. Es más, ahora hicimos 6.000 kilómetros y no tuvimos ninguna multa. Solo en Misiones pasa está barbaridad”.

El desenlace fue el habitual en estos casos: pagar para poder avanzar. La venta del auto estaba bloqueada por la deuda, obligando a la familia a regularizar la situación bajo protesta. “Terminamos pagando en cuotas y con un descuento para jubilados”, admitió.

“Es una barbaridad que no haya una notificación correcta. Si están legalizadas, ¿por qué no lo hacen bien?”, concluyó.

 

Ley provincial: “Descripción genérica de la zona de control”

Con vigencia desde el 1º de enero de 2018, el Régimen Provincial de Control de Velocidad del Tránsito Vehicular, Ley XVIII Nº40, entre sus puntos salientes indica, en el artículo 4 que “los ciudadanos son informados de manera clara y permanente de la existencia de sistemas de control del tránsito vehicular”, mediante la utilización de radares fotográficos, equipos de medición y comprobación, instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles”.

Aclara que “dicha información no especificará el emplazamiento concreto de dichos sistemas sino una descripción genérica de la zona de control”.

Esto último, en definitiva, puede interpretarse como el justificativo para no señalizar de la misma manera la presencia de un radar, por ejemplo móvil, como lo establece la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), que plantea a través de todo un esquema tres carteles y conos sobre una distancia de 1.200 metros antes del cinemómetro.

En el capítulo III, Artículo 10, se establece la creación de “la Unidad Administrativa de Control de Infracciones, que tiene competencia en el juzgamiento de las infracciones a la Ley XVIII – N° 29 (Antes Ley 4511) detectadas por los medios mecánicos y electrónicos establecidos”.

Además, debe notificar dentro de los noventa (90) días al presunto infractor, desde la fecha de emisión de la Cédula de Notificación, de la existencia de la presunta infracción que se le hubiese labrado e intimarlo a pagar en el plazo establecido.

 

Cámaras en autos, una alternativa que crece

TENER EN CUENTA. Las “dashcams” suman en materia de seguridad.

Las “dashcams”, el sistema de cámaras que se instala en los autos, pareciera ser una buena alternativa para intentar defenderse de radares ocultos, situados en lugares donde disminuir la velocidad en pocos metros y sin carteles resulta peligroso, como así también pueden servir como prueba para determinar responsabilidad en siniestros viales.

Roberto Domínguez, vendedor de una empresa que comercializa las cámaras para automóviles, explicó a este medio que “de a poco estamos teniendo más gente que se está acercando a preguntar sobre el tema. Algunos por seguridad y también ahora por el tema de los radares en la provincia”.

Comentó que a nivel mundial “hay antecedentes y no lo vamos a descubrir nosotros acá en Misiones, pero en Rusia, por ejemplo, hace muchos años que las compañías de seguro les exige a determinados asegurados que sí o sí deben llevar la cámara activada en su automóvil. Es así que primero vino un señor que le habían multado porque supuestamente había estacionado en un lugar no permitido y no tenía cómo comprobarlo. Incluso consiguió la cámara de un vecino y así consiguió demostrar que había estacionado bien y le tuvieron que reconocer, quitar la infracción”.

Dijo que “ese señor, lo recuerdo bien, fue el primero en comprar e instalar una cámara por el tema de las infracciones y fue ya hace un tiempo. Ahora ya llevamos varias cámaras vendidas e instaladas en autos y nos dicen que les sirve también para mostrar cómo están los radares con poca o nada de señalización, no solo en Misiones sino en otras provincias”.

Acerca de los precios, Domínguez comentó que “hay diversas marcas y valores, de acuerdo a la definición y al tiempo de almacenamiento. Pero arrancan en los 80 mil pesos y llegan a valer 320 mil pesos”.

Tags: ANSVDerecho a defensafotomultasMisionesRadaresSeguridad vialTránsito
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