La Autoridad Nacional de la Competencia, a través del Tribunal de Defensa de la Competencia, actualizó el valor de la Unidad Móvil, la unidad de cuenta prevista en la Ley de Defensa de la Competencia N° 27.442, que se utiliza para determinar multas, umbrales de notificación de concentraciones económicas y otros parámetros clave del régimen antimonopolio.
Mediante la Resolución 6/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo fijó el nuevo valor en $1.450,05, lo que representa una actualización automática en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al año calendario 2025, según los datos del INDEC.
Hasta ahora, la Unidad Móvil tenía un valor de $1.102,28, vigente durante 2025. El ajuste responde a lo establecido en el artículo 85 de la ley, que dispone la actualización anual de este parámetro al cierre de cada año, sin margen de discrecionalidad.
Para qué se usa la Unidad Móvil
La Unidad Móvil no constituye una multa en sí misma, sino que funciona como referencia para calcular:
Sanciones económicas por prácticas anticompetitivas
Umbrales de facturación que obligan a notificar fusiones y adquisiciones
Otros valores previstos en la normativa de defensa de la competencia
En ese sentido, la actualización impacta principalmente en empresas, estudios jurídicos, economistas y organismos de control, ya que eleva de manera automática los montos involucrados en procedimientos sancionatorios y operaciones de concentración.
Desde cuándo rige
El nuevo valor comenzará a aplicarse desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, es decir, a partir del 17 de enero de 2026, y se mantendrá vigente hasta que se disponga una nueva actualización anual.
Desde el organismo aclararon que, hasta tanto se publique el valor actualizado, continúa aplicándose el correspondiente al año anterior, tal como prevé la normativa.





