El Ministerio de Salud de la Nación publicó este viernes la Resolución 1780/2025 en el Boletín Oficial, introduciendo cambios sustanciales al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), la herramienta que permite a pacientes, cultivadores solidarios, oenegés e investigadores acceder legalmente al cannabis con fines medicinales. Si bien la medida pone fin a la espera de más de 100 mil personas que aguardaban respuesta a sus trámites, desde el colectivo cannábico advirtieron que la nueva normativa impone trabas que podrían reducir el acceso a tratamientos.
La principal novedad es la división del registro en tres categorías: usuarios/pacientes, cultivadores (personas físicas o jurídicas) y personas jurídicas que integren proyectos de investigación y desarrollo. Sin embargo, los requisitos establecidos para quienes deseen inscribirse como cultivadores solidarios o como parte de una organización civil resultan más estrictos que en el esquema anterior.
Según la nueva resolución, un tercero cultivador solo podrá hacerlo para sí mismo y para un único usuario adicional, y deberá cumplir con una serie de requisitos formales: ausencia de antecedentes penales, informes semestrales, análisis cromatográficos por lote y documentación médica respaldatoria. Además, el usuario para quien cultiva deberá ceder expresamente ese rol.
En el caso de las oenegés o asociaciones civiles -los llamados “clubes de cultivo”-, las exigencias son aún mayores: además de acreditar la legalidad de su funcionamiento y registrar a todos los pacientes vinculados, deberán contar con un Director Médico responsable de un informe semestral detallado que incluya dosis, concentraciones de THC, evolución del tratamiento y más. Este profesional también será solidariamente responsable junto al médico tratante.
Para Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva Argentina, la normativa convierte a las organizaciones en “clínicas privadas”, lo que excluye a quienes no pueden afrontar los costos de una consulta médica: “Nosotras no recetamos, acompañamos. La gente viene derivada de hospitales o médicos. Si el Estado exige un médico con firma digital y formación, alguien tiene que pagarle. Esto no es una política sanitaria: es criminalizar la pobreza y precarizar el derecho a la salud”, denunció.
Desde el Consejo Consultivo Honorario, integrado por referentes cannábicos, también manifestaron su descontento. Claudia Pérez, presidenta de Madres Cultivadoras, advirtió que la resolución fue publicada sin previa consulta con el Consejo, a pesar de haberlo solicitado expresamente: “No supimos nada hasta que salió en el Boletín. Los nuevos requisitos son excesivos y difíciles de cumplir para oenegés y cultivadores solidarios”.
En cuanto a los usuarios con permisos vigentes, desde el Gobierno aseguraron que no habrá cambios inmediatos: seguirán autorizados por tres años, con el mismo límite de nueve plantas florecidas, y podrán transportar hasta 40 gramos de flores o 30 mililitros de aceite. Sin embargo, quienes iniciaron el trámite y aún esperan la autorización deberán comenzar de nuevo, adaptándose a los nuevos criterios.
Los médicos, por su parte, también enfrentarán mayores exigencias: deberán estar registrados en la Red Federal de Profesionales de la Salud (REFEPS), tener formación acreditada en cannabis medicinal, y registrar su firma digital ante el Ministerio.
El texto oficial señala que los cambios buscan “corregir efectos adversos del sistema actual y propiciar un reordenamiento”, pero para buena parte del movimiento cannábico se trata de un retroceso que pone en riesgo los avances logrados en los últimos años en materia de acceso, autonomía y derecho a la salud.
Fuente: infobae.com





