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¿Qué pasa con los bienes a nombre de un menor de edad? ¿Se pueden vender, alquilar?

MENORES DE EDAD PARTE III: ADMINISTRACIÓN y DISPOSICIÓN DE BIENES

19 agosto, 2023

Para este tema es importante diferenciar los Actos de administración de los Actos de disposición. Los primeros son los que tienden a la conservación y explotación del patrimonio, por ej.: explotación de un comercio, reparación de la casa, cobro de alquileres. En cambio los actos de disposición son los que producen una modificación en el patrimonio, por ej.: comprar una casa, vender un departamento, constituir propiedad horizontal, constituir fideicomiso, etc.

Seguidamente debemos establecer 2 situaciones: 1) bienes que el menor adquirió con motivo de una donación, una sucesión, etc., y 2) bienes que el menor adquirió con su sueldo, producto de su trabajo.

PRIMER SUPUESTO: En este supuesto se da el principio general.

ACTOS DE ADMINISTRACIÓN: Los padres, si bien tienen la administración de los bienes de sus hijos, las rentas de éstos son de los hijos y no deben confundirse con el patrimonio de los padres, pudiendo el menor ejercer su derecho a solicitar una rendición de cuenta.

Entonces, por ej.: ¿Los padres pueden dar en alquiler el departamento de su hijo? Sí, pero lo que cobren en concepto de alquiler es de los hijos. A tal punto la ley remarca que el propietario del bien es el menor, que dispone que cuando el hijo cuente con edad y grado de madurez suficiente los padres le deben informar del contrato celebrado. Y en el caso específico de un contrato de locación se dispone que el contrato quedará sin efecto cuando la responsabilidad parental concluya, lo que puede ser porque el menor cumplió la mayoría de edad o contrajo matrimonio, sin importar que no se haya cumplido el plazo mínimo de 3 años que prevé la ley para los contratos de locación, lo que no quita que el menor, ya adulto, decida continuar con el contrato. Ante este panorama recomendamos que el menor suscriba el contrato de locación a los fines de garantizar que ha sido informado del acto.

¿Lo cobrado en concepto de alquiler puede ser usado por los padres? No, para hacerlo necesitan autorización judicial, salvo los casos expresamente autorizados, entre ellos: I) subsistencia y educación del hijo, cuando los padres no cuentan con los medios para hacerlo; y II) enfermedad del hijo.

¿Quién firma el contrato? Para los actos de administración se requiere el consentimiento de ambos padres, salvo los casos en que la responsabilidad parental es ejercida únicamente por uno de ellos. En consecuencia, como principio, el contrato debe ser firmado por ambos padres.

ACTOS DE DISPOSICIÓN: Si el acto a realizar consiste en una mejora en el patrimonio del menor (por ej. recibir un inmueble por donación), el mismo se puede llevar a cabo sin mayores requisitos. En cambio, si se trata de un acto que implique una disminución en el patrimonio del menor, se necesita autorización judicial. Por ej.: vender un inmueble, constituir usufructo, comprar un inmueble con plata del menor.

SEGUNDO SUPUESTO: Bienes que el menor adquirió con su suelo: en este supuesto podemos decir que el menor actúa con la capacidad de contratar como si fuera un adulto.

ACTOS DE ADMINISTRACIÓN. Los bienes adquiridos mediante el trabajo, empleo, profesión, industria y/o oficio son administrados por el menor, aunque viva con sus padres (art. 686).

ACTOS DE DISPOSICIÓN: Cuando el menor ha obtenido un título habilitante para ejercer una profesión -es decir título expedido por autoridad competente, pública o privada reconocida, oficialmente- puede disponer libremente de los bienes que adquirió con lo obtenido de su ejercicio profesional.

Adviértase que el art. 30 dice que el menor tiene la libre disponibilidad de sus bienes cuando son producto del ejercicio de una profesión que requiere título habilitante, sin mencionar aquellos casos en que sus bienes son producto del ejercicio de un oficio, industria o empleo alguno; diferenciación que sí hace el legislador al hablar de los actos de administración (art. 686). Esto me lleva a decir, si estamos a la literalidad del texto legal, que un youtuber, gamers, deportista, modelo, etc., cuyos ingresos provienen de una actividad lucrativa para la cual no se requiere título profesional habilitante, van a poder administrar el patrimonio adquirido con lo que ganen pero no podrán comprar ni vender un bien, debiendo remitirnos a las reglas generales expuestas líneas arriba. Pero serán los jueces quienes tengan la última palabra, siendo los encargados de elaborar las respuestas adecuadas en base a una interpretación armónica de nuestras leyes.

Ahora bien, para que el menor pueda comprar una propiedad debe acreditar, ante el escribano, el título habilitante y el origen del dinero que invertirá.

Además, cabe recordar la prohibición que tiene los padres de contratar con sus hijos, salvo cuando se trata de contratos de donación.

Por todo lo expuesto, siempre que el patrimonio del menor sea objeto de un contrato se recomienda consultar con un escribano.

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Tags: Actos de AdministraciónActos de disposiciónJurídicos de PrimeraMenores de edad
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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