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Adquisición de un inmueble por posesión

¿Cómo adquirir el dominio de un inmueble por posesión? ¿Qué trámites hay que hacer? ¿Contra quién se inicia la acción? ¿A nombre de quién confeccionar el plano?

22 julio, 2023

La Ley Nacional 14.159, antigua Ley Nacional de Catastro, que fuera sancionada en 1952, tiene el Título VI, que consta de dos artículos, dedicado al procedimiento para lograr la adquisición del dominio de un inmueble por posesión. Esos dos artículos son el 24 y 25 de los cuales el primero regula el tema en cuestión y el segundo incorpora el anterior al Código Civil vigente en esa época. Las sucesivas modificaciones a este código, Ley 17.711 y Ley 26.994, que aprueba el Código Civil y Comercial de la República Argentina, mantuvieron la vigencia de ambos artículos, es decir, a la fecha tiene plena vigencia.

En esta ley se expresa claramente que el juicio es contencioso y debe ser contra quien sea el o los titulares de dominio del o de los inmuebles que se pretende/n prescribir. Por esto es lógico que en uno de los incisos se exija que con la demanda se deberá presentar un plano de mensura aprobado por la oficina técnica correspondiente, en nuestra provincia, actualmente, esa repartición es la Dirección General de Catastro, designada como autoridad de aplicación del régimen catastral por la Ley II N°24 y su modificatoria.

Para este tipo de mensuras no existe reglamentación especial por lo cual se aplica supletoriamente el Reglamento de Mensuras (aprobado por Decreto 1107/58) pero el plano no se registra, sino que se le otorga un visado técnico.

Desde el punto de vista estrictamente de la agrimensura, esta determinación de la posesión se debe estrictamente a lo que realmente posee quien pretende el dominio, que puede ser un lote entero, más de un lote o menos de un lote. En el caso en que la posesión comprenda más de un lote, aunque sea una parte mínima de uno de ellos, la acción legal debe ser contra los titulares de cada uno de los lotes comprendidos por la posesión. En la práctica profesional se ve muchos casos en que en realidad una posesión comprende una parte del lote lindero no porque así lo quiera el poseedor, sino que responde a una incorrecta ubicación del lote que realmente quiere poseer siendo recomendable en esos casos no incluir dicha invasión.

Otro tema que considero importante en esta etapa es a nombre de quién se hace la posesión ya que he visto que en algunos casos la demanda fue rechazada porque el plano estaba a nombre de otra persona. Dado el carácter contencioso siempre recomiendo a quienes me solicitan un plano de estas características que antes de encomendarlo hablen con un abogado y que, después del análisis de las pruebas y documentos que tenga el poseedor, sea éste quien diga a nombre de quien se plantee la demanda.

Este plano tiene idéntica tramitación que las Mensuras Simples es decir que se debe presentar idéntica documentación ante las mismas instituciones.

La otra etapa en que interviene el agrimensor es a partir de que el juzgado dicta sentencia y se presenta al Registro de la Propiedad Inmueble un oficio o la escritura de su protocolización, y esa repartición hace una inscripción provisional, por 180 días corridos, observando, entre otras cosas, que falta plano de mensura.

Aquí se debe resaltar que la sentencia debe ser hecha en base al plano con Visado Técnico porque se ve muchos casos, sobre todo cuando la posesión no es coincidente con el lote antecedente, en que se mezcla tanto en la nomenclatura como en la descripción del lote lo cual trae inconvenientes en la tramitación.

Dentro de ese plazo se debe tramitar un plano de mensura simple en el cual debe tener todo el mismo trámite que el anterior motivo por el cual en muchas oportunidades se debe pedir prórroga de la fecha de caducidad, cosa que se debe hacer por una presentación al Registro de la Propiedad Inmueble con una anticipación de, por lo menos, 10 días hábiles antes del vencimiento.

A este plano la Dirección General de Catastro lo registra asignándole un número en forma provisional y entrega al profesional una sola copia para que se cumpla el trámite de inscripción definitiva en el Registro de la Propiedad Inmueble y cumplido esto da de alta el registro del plano, lo incorpora a su base de datos y libera el resto de las copias del plano.

Tags: Adquisición de inmueble por posesiónJurídicos de PrimeraPlano de mensura
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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