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El Senado debate hoy la nueva Ley de Alquileres

4 junio, 2020

Alquileres

El proyecto de ley de alquileres, que se debatirá este jueves desde las 14 en el Senado, divide las aguas entre propietarios, inmobiliarias y abogados, por un lado, e inquilinos, por el otro.

El primer grupo señala que las leyes de emergencia en materia locativa urbana como esta tienen un efecto negativo, porque retraen la oferta presente y futura de unidades en alquiler, ya que una de las partes -los propietarios- afronta más riesgos. Y esto, paradójicamente, afecta luego a los inquilinos porque los alquileres aumentan.

En tanto, asociaciones de inquilinos destacan el hecho de contar con una legislación específica después de 36 años -la última fue la ley 23.901 vigente hasta el 31 de julio de 2015 cuando entró a regir el nuevo Código Civil y Comercial- y con un sistema de actualización de precios objetivo, entre otras cosas.

De esta manera, los distintos puntos en debate son:

La duración del contrato. Según el proyecto, el plazo mínimo del vínculo contractual entre las partes pasará a ser de tres años, cuando en la actualidad es de dos. Esta prolongación es vista con buenos ojos tanto por el presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina (Capra), Enrique Abatti, como por el titular de la Asociación de Defensa de Inquilinos, José Griselli, por la reducción de gastos que conlleva tanto para los locadores (los dueños de los inmuebles) como los locatarios (quienes demandan el alquiler).

Con una duración extendida, según entienden, los propietarios no tienen que estar re-acondicionando los inmuebles cada 24 meses cuando quedan vacantes y los inquilinos no tienen que incurrir en los gastos que conlleva o una mudanza a un nuevo departamento o el ajuste del depósito en garantía.

Sin embargo, según el arquitecto y fundador de Reporte Inmobiliario, José Rozados, una duración mayor puede suponer una contra para los propietarios si el inquilino es conflictivo o surgen problemas en el transcurso del contrato.

El índice de actualización. A partir de la sanción de la nueva norma, los alquileres deberían ajustarse a partir de un índice conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte), que deberá ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central.

Esta novedad aporta tranquilidad en el caso de los inquilinos e incertidumbre para los propietarios ya que estos pasaran a saber cuál será su canon locativo desde el comienzo hasta los 36 meses. Aunque, a su vez, generaría incertidumbre en los propietarios que podrían sufrir un potencial desfasaje del índice.

Una tercera postura es la del economista especialista en vivienda, Federico González Rouco, quien señala que a los inquilinos no les conviene un índice de actualización en el contexto actual porque la paralización de la compraventa de inmuebles hará que los precios de los alquileres bajen en términos reales y un índice les pondría un piso.

Las garantías. El proyecto supone una variedad mayor de garantías. La más usada es el título de una propiedad inmueble y suma a los avales bancarios, seguros de caución, garantías de fianza y garantías personales del locatario, que se documentan con recibos de sueldo, certificados de ingresos o equivalentes.

El problema surge porque el texto dice que, si el locatario ofrece dos de estas opciones, el locador deberá elegir una, lo que la convierte en una norma imperativa. Es decir, que de la misma forma que un propietario puede elegir si pone o no en alquiler una propiedad debería poder elegir la garantía que más seguridad le ofrezca.

Otro factor en detrimento de los inquilinos es que esta condición en los hechos sería casi incumplible. “Que los propietarios tengan que aceptar alguna de las garantías es mentira, porque, aun cuando la ley diga eso, los dueños pueden decir que al final no van alquilar el departamento o que apareció otro interesado. Es imposible que sea vinculante por cómo funciona el mercado”, detalló Gonzaléz Rouco.

Los depósitos. En la iniciativa el depósito de garantía se limita a un mes de alquiler, lo que beneficia a los inquilinos, porque vuelve más económico el ingreso a una propiedad. Pero perjudica a los propietarios, que quedarían en una delicada situación ante incumplimientos del inquilino que superen el valor del depósito.

La resolución anticipada y renovación. Con la nueva ley, el inquilino que avisa que abandonará una propiedad con una anticipación de un mes pagará indemnización, a diferencia del estado de situación actual, en el que no hay nada establecido en el Código Civil y Comercial y, por ende, no paga. Si el aviso es con tres meses de antelación, no abona penalidades.

En cuanto a la renovación, según el texto del proyecto de ley, dentro de los últimos tres meses de relación locativa, cualquiera de las partes podrá convocar a la otra, notificándola en forma fehaciente, a efectos de acordar la renovación del contrato, en un plazo no mayor a 15 días corridos. En caso de silencio del locador o frente a su negativa de llegar a un acuerdo, estando debidamente notificado, el locatario puede resolver el contrato de manera anticipada sin pagar la indemnización correspondiente.

El registro de los contratos. Según el texto, los contratos de locación deberán ser informados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP) en los plazos que el organismo disponga. Esto aporta transparencia a la relación entre locadores y locatarios, pero podría generar inconvenientes y retrasos en procesos de desalojo.

Las reparaciones y expensas. Con la nueva disposición, los inquilinos “no deberían pagar expensas extraordinarias ni impuestos como el ABL que gravan a la cosa inmueble”.

Aunque con esto, y para compensar la baja rentabilidad actual de los alquileres (menos del 2%), es muy probables que los locadores, ante la imposibilidad de hacer asumir a los locatarios el pago de impuestos y tasas, incrementen el monto de los alquileres.

Tags: AlquileresLey de AlquileresSenado de la Nación
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Este sábado 7 de febrero a las 20.30 se presentará en la ciudad la obra “La vida terrenal”, un exquisito monólogo escrito por el dramaturgo contemporáneo Santiago Loza, con dirección de Williams Sery y la actuación protagónica de Fanny Carolina Duarte. La función tendrá lugar en el espacio Río Mío, ubicado en Belgrano 1771, en pleno centro.
En diálogo previo al estreno, Williams Sery —director y actor— contó detalles de la propuesta y destacó la potencia del texto y del trabajo actoral. “Este sábado nos presentamos con La vida terrenal, una obra escrita por Santiago Loza, un autor de muchos monólogos que son muy, muy buenos e interesantes. Ya había tenido la oportunidad de hacer otro texto suyo y ahora venimos con esta historia tan particular”, señaló.
Tras una audiencia realizada  en el Ministerio de Trabajo de la provincia, el gremio UTICRA llevó tranquilidad a los trabajadores de la planta DASS de Eldorado  al confirmarse, por escrito, la continuidad laboral al menos durante el primer semestre del año. Así lo informó Gustavo Melgarejo, delegado sindical, luego de la reunión mantenida con representantes de la empresa.“El eje central de esta audiencia fue conocer precisiones sobre la situación de la planta y de los trabajadores. Tocamos los puntos clave que ya habíamos planteado en asamblea frente a los compañeros”, explicó Melgarejo.Uno de los reclamos principales del sindicato fue la reincorporación de los empleados despedidos. Sin embargo, desde la empresa señalaron que actualmente no cuentan con pedidos suficientes para justificar esas reincorporaciones. “La empresa dejó en claro que hoy no tiene pedidos para esa gente, por lo que queda muy difícil la reincorporación en este momento. De todas maneras, no descartan volver a llamarlos si se levanta la actividad”, indicó el delegado de UTICRA.
La discusión pública sobre la baja en la edad de imputabilidad penal de los adolescentes volvió a instalarse con fuerza en el inicio de este año, a partir de una serie de crímenes que conmocionaron a la sociedad. Entre ellos, el caso del adolescente de 15 años de Santa Fe, Jeremías Monzón, además de otros dos hechos de extrema violencia, funcionaron como detonante para que el Gobierno nacional anunciara la inclusión de una nueva Ley Penal Juvenil en el temario de las sesiones extraordinarias de febrero en el Congreso de la Nación.En este contexto, distintos sectores comenzaron a expresar su postura. Uno de ellos fue la Iglesia Católica, que a través de un comunicado de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) manifestó su preocupación ante la propuesta de reducir la edad de imputabilidad penal.Sobre este posicionamiento, el sacerdote de la Iglesia San Benito, Daniel Pesce, señaló a Primera Plana  que “es preocupante que la única respuesta que proponga el Estado nacional sea justamente la baja de la edad de la imputabilidad”, y advirtió que de ese modo “se achica totalmente la discusión y no se mira la problemática profunda que existe”.“El problema se aborda cuando ya está ejecutado el delito, pero creemos que es necesario que el Estado se preocupe por prevenir el acceso de los menores al mundo del delito, con políticas integrales”, sostuvo el sacerdote, en línea con lo expresado por los obispos argentinos.
Una nueva situación de conflicto sacude al Hospital Garrahan, una de las instituciones de salud pública más emblemáticas y valoradas del país. El interventor del hospital anunció la apertura de 30 sumarios administrativos y el despido de 11 trabajadores, en el marco de las protestas realizadas el año pasado para reclamar mejoras salariales. Desde la Asociación de Profesionales y Técnicos del Garrahan (APyT) denuncian que se trata de una represalia directa contra quienes encabezaron las medidas de fuerza.En diálogo con Primera Plana  la licenciada Norma Lezana, secretaria general de APyT, aseguró que la medida representa “un ataque político y sindical del Gobierno Nacional” y advirtió sobre la gravedad institucional de la situación.“En este momento estamos viviendo un ataque del Gobierno Nacional, anunciado públicamente por el vocero presidencial, dando por hecho cesantías y suspensiones sobre 40 trabajadores por haber luchado y protestado”, afirmó Lezana. Y aclaró: “Nosotros estamos en un proceso sumarial, con lo cual no pueden decir que estamos cesanteados. Sin embargo, ya nos condenan públicamente”.
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