BUENOS AIRES. Por unanimidad, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley que establece que los donantes de sangre no deberán ser sometidos a preguntas “lesivas del derecho a la diversidad sexual”, siempre y cuando sea “verificado el estado de salud normal (del donante) mediante el examen clínico-biológico que permita descartar la existencia de alguna de las patologías del listado establecido por la vía reglamentaria” y que lo excluyen para donar.La iniciativa modifica el artículo 45 de la Ley de Donación de Sangre 22.990 y determina que los donantes deben someterse “obligatoriamente” a un examen e interrogatorio “sobre toda enfermedad o afección padecida o presente”, con carácter de declaración jurada, pero “en ningún caso las preguntas podrán ser lesivas del derecho a la diversidad sexual ni referirse a la orientación sexual del donante o al género de las personas con las que éste ha mantenido o mantiene relaciones sexuales”.La norma, de autoría del jefe del bloque radical Ricardo Gil Lavedra y con el apoyo de otros legisladores nacionales, entre ellos, la diputada por Misiones Stella Maris Leverberg, fue aprobada en la Cámara de Diputados sin debate ni objeciones.El titular de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), César Cigliutti, resaltó que el proyecto reivindica el derecho de quienes están en condiciones de donar sangre “sin tener que sufrir el rechazo por su orientación sexual e identidad y expresión de género”. “La transmisión del VIH se hace a través de un virus y no de la orientación sexual de los donantes”, argumentó.Restricción actual Actualmente, la resolución 865/2006, dictada por el Ministerio de Salud de la Nación, con fecha 13 de junio de 2006, que reglamenta la Ley Nacional de Sangre, establece requisitos generales y aprueba un interrogatorio mediante el cual se inhabilita transitoriamente, por el período de doce meses, para donar sangre a las personas que hayan mantenido relaciones sexuales con varones homosexuales, a las mujeres que mantuvieron relaciones sexuales con hombres que a su vez tienen relaciones sexuales con hombres, a quienes hayan intercambiado sexo por dinero o drogas, a quienes estuvieron detenidos por más de 72 horas en instituciones carcelarias o policiales y a quienes hayan tenido relaciones sexuales fuera de sus parejas estables, entre otras.En este marco, según advirtió el interventor del Instituto Nacional contra la Discriminación y la Xenofobia, Pedro Mouratian, “la orientación sexual o la identidad de género de las personas se propone como una circunstancia abierta o encubierta, utilizada como vehículo de persecución, estigmatización o falta de consideración por los intereses, derechos y garantías”. Trabajo infantil, un delitoPor otro lado, Diputados aprobó por unanimidad y giró al Senado un proyecto que tipifica como delito el trabajo infantil en el Código Penal y fija condenas de entre dos y cuatro años para quienes utilicen a menores de 16 años en provecho propio o de un tercero.Se trata de una iniciativa impulsada por el diputado nacional del Frente para la Victoria, Héctor Recalde, titular de la comisión de Legislación del Trabajo. Según registros de 2004, en Argentina existen unos 500 mil menores de 16 años que trabajan, tanto en áreas rurales como urbanas.En la norma se establecen tres excepciones, una para el caso de los menores que trabajen en empresas familiares; otra que estipula como edad mínima los quince años y la última que deja afuera de la prohibición aquellos contratos de menores de 16 años celebrados con anterioridad a la promulgación de la ley. El proyecto busca “prevenir y sancionar el acuciante problema del trabajo infantil que repercute negativamente en lo económico y social y en el ámbito de los derechos humanos, atentando contra el desarrollo físico, mental, espiritual y social de niños y adolescentes, originando graves consecuencias”. Los fundamentos remarcan que para lograr una aplicación efectiva de la prohibición legislativa del trabajo infantil “se hacen necesarios, no sólo medios de vigilancia, contralor o inspección, sino medidas que hagan totalmente eficaz su cumplimiento, tales como la figura penal” sancionada.También se dio media sanción al proyecto para que el 8 de mayo sea el Día Nacional de la Lucha contra la Violencia Institucional.





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