POSADAS. A partir de este mes se registrará un incremento del 11,42% en la cuota que tienen que abonar los trabajadores autónomos. Estos incrementos se dan dos veces por año (marzo y septiembre) automáticamente por la Ley de Movilidad Jubilatoria e implican un aumento de lo que tienen que pagar de mensualidad jubilatoria los comerciantes, profesionales y prestadores de servicios, explicó el tributarista José Luis Ceteri. La cuota más baja de encuadre, que está en 312,96 pesos, pasará a 348,70 y cada una de las categorías para saber lo que tienen que abonar deben sumarle un 11,42% sobre lo que abonaron los primeros días del mes de septiembre. Así, la categoría más alta, de directores de sociedades con ingresos superiores a 30.000, pagará 1.374 pesos.Sin embargo, los valores de encuadre de las categorías de autónomos no se actualizan desde 2006, indicó Ceteri, y añadió que esto produce que, por el aumento nominal de los precios y honorarios desde 2006 a la fecha, más contribuyentes deban pagar las cuotas más altas. También a partir del mes de septiembre (devengado) suben los montos imponibles de aportes que tienen que pagar los empleados de sueldos altos.El techo para calcular aportes jubilatorios pasará entonces de 19.070,55 a 21.248,45 pesos. Hasta los sueldos que se abonaron por el mes de agosto los aportes jubilatorios y de obra social se calculaban sobre el primer importe, en los sueldos de septiembre se tendrá en cuenta el segundo importe de 21.248,45 pesos. “La buena noticia en este último punto es que estos empleados podrán deducir en el cálculo de la retención del Impuesto a las Ganancias la diferencia que abonan de más en sus aportes”, expresó Ceteri. Para el nuevo valor de las cuotas falta que la AFIP emita la resolución correspondiente.





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