POSADAS. La lucha incansable y hasta heróica de los familiares de aquellos atletas que perdieron la vida el 16 de enero de 2010, en el tradicional cruce del río Paraná, y también de aquellos que participaron y sobrevivieron, encontró eco en la Justicia Federal.El juez Ramón Claudio Chávez procesó ayer a los que consideró máximos responsables de la competencia: el por entonces presidente de la “Asociación Mercosur de Aguas Abiertas”, Hugo Alberto Alfonso, y el prefecto Jorge Antonio Lezcano, Jefe de Operaciones de la Prefectura Posadas y a cargo de esta por licencia de su titular.El magistrado les endilgó el presunto delito de “homicidio culposo”, previsto y penado por el artículo 84 del Código Penal.Igualmente, continuarán en libertad por tratarse de una calificación que contempla el beneficio de la excarcelación, aunque Chavéz trabó embargo por un millón de pesos cada uno.La resolución tiene fecha del martes pero PRIMERA EDICIÓN accedió al contenido ayer en forma exclusiva.El magistrado tildó el accionar de ambos funcionarios de negligente e imprudente, dos requisitos clave para la figura de “homicidio culposo”.En cuanto a la tragedia, consideró esencial la ubicación de las barcazas para que aquella se produjera.“Si ellas no hubieran estado ahí, el trágico hecho no hubiera sucedido”, indicó en la resolución, sin dejar de mencionar que esa circunstancia tampoco fue prevista por los organizadores.En la óptica del juez, la imprudencia y negligencia de ambos se vio en la realización de la tradicional prueba.“Si quienes tenían la responsabilidad de llevar a cabo la competencia y, en su caso, de autorizarla, hubieran evaluado correctamente el riesgo que implicaba, no debían haberla llevado a cabo ni autorizado. La conducta contraria es la que resulta imputable para suponer la negligencia de no haberse preparado para cumplir con el deber de cuidado que sus cargos le imponían o bien la imprudencia con la que emprendieron sus obligaciones”.Chávez atribuyó la responsabilidad a Prefectura porque, si bien la tragedia ocurrió en aguas paraguayas, la prueba fue “planificada, organizada y ejecutada desde Posadas (Argentina)”. “No fueron advertidos sobre el peligro de las barcazas” “Son constantes las declaraciones en que (los atletas) no fueron advertidos sobre la presencia de las barcazas fondeadas en las cercanías y menos del peligro que podrían representar”, señaló el juez Ramón Claudio Chávez en un parágrafo de su resolución.En otro segmento, el magistrado se preguntó “-¿Podría haberse evitado esto?”. La respuesta fue contundente: “Indudablemente sí. Podría haberse evitado. Para ello quien organizaba y dirigía la competencia mínimamente debía tener conocimiento de los riesgos que implicaba el cruce a nado del Paraná y la prudencia necesaria para recorrer, reconocer y evaluar los obstáculos que podrían existir en la zona, si representaban peligro y su alcance, si podían removerse o no, las medidas concretas de seguridad para eliminarlos o neutralizarlos y, ante la duda o imposibilidad de hacerlo, suspender la prueba en beneficio de un valor superior como es preservar la vida de quienes pretendían participar”.En cuanto al supuesto conflicto de competencia de Prefectura, Chávez indicó que pese a que la tragedia sucedió en aguas paraguayas, se trató de “una prueba netamente planificada, organizada y ejecutada en Posadas (Argentina)”.La resolución será apelada seguramente por los imputados, pero es un paso trascendental para los familiares que claman Justicia.





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