POSADAS. Las quejas de los comerciantes, tuvo eco en la administración municipal de esta capital. Se conoció la resolución 16 de la comuna, fechada el 7 de agosto, en la que se produjeron modificaciones respecto del monto desde el cual, los comerciantes y empresarios se convertirán en agentes de retención impositivos municipales, según lo estableció una ordenanza sancionada recientemente por el Concejo Deliberante local.La resolución fija que “el régimen de retención del Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor en el cual deberán actuar como agentes los contribuyentes del tributo que hayan tenido Ingresos Brutos por montos superiores a diez millones de pesos en el último período fiscal. Los responsables deberán inscribirse ante el Organismo Fiscal dentro de los quince días de la publicación de la presente y deberán comenzar a actuar como agentes de retención desde el momento de su inscripción o desde el vencimiento del plazo para hacerlo. Para los contribuyentes que, en el año fiscal anterior no hayan alcanzado los montos de ventas previstos en el párrafo anterior y en el curso del año fiscal superen los montos de ventas allí previstos deberán inscribirse dentro de los quince días del mes siguiente a haber superado dicho monto y comenzar actuar respecto de las operaciones a realizar en el mes subsiguiente”. En los considerandos, el gobierno de Orlando Franco dijo haber escuchado “las consultas y planteos de los contribuyentes, la Cámara de Comercio de la ciudad de Posadas, la Cámara de Estacioneros (Cesane) y la presentación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas en relación a algunos puntos del régimen se procedieron a su análisis y revisión”. Y que “resulta una necesidad del municipio asegurar la percepción de los tributos municipales en tiempo y forma y de resguardar la recaudación fiscal para atender en tiempo real las demandas de servicios de la comunidad”.





Discussion about this post