POSADAS. El Estado provincial publicó ayer en el Boletín oficial, la reglamentación de la Ley XVII – Nº 68, donde se establece que todos los locales “que comercialicen bebidas energizantes deberán exhibir en el interior de sus locales, letreros con la leyenda: “Bebidas energizantes, el consumo con alcohol es perjudicial para la salud”.Los establecimientos tendrán un plazo de treinta días para cumplir con la ley, que además indica que la inscripción debe tener un tamaño no inferior a 30 centímetros de lado, y deberá estar colocado en un lugar visible y de fácil lectura. En la reglamentación, además, figura que la Dirección de Prevención de las Adicciones tendrá a su cargo la fiscalización del cumplimiento de la ley. El organismo deberá enviar informes de frecuencia semestrales a la Subsecretaría de Prevención de adicciones y control de drogas, para dar cuenta de las eventuales faltas detectadas. Este organismo depende del Ministerio de Salud Pública. De no cumplir con la ley, el comercio sería sancionado con una multa que oscilará entre los 150 y 700 litros de combustible súper. Además, podría ser clausurado de manera temporal o definitivo, depende de la gravedad. Si es esto último, la causa podría extenderse por treinta días.





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