CORRIENTES (diario Época y Corrienteshoy.com). El Consejo de la Magistratura acusó formalmente de mal desempeño del cargo al juez Civil y Comercial de Santo Tomé, Humberto Camilo De Biase Echevarría, quien tras la notificación fue suspendido de sus funciones. La denuncia había sido formulada por el Superior Tribunal de Justicia y la Corte provincial solicitó al Consejo de la Magistratura la apertura del procedimiento de juicio político del titular del Juzgado Civil y Comercial de Santo Tomé, Humberto Camilo De Biase Echevarría, por las anomalías e irregularidades constatadas en una inspección realizada el 22 de junio de 2011.El informe elaborado por la instrucción sumarial dio cuenta de dos hechos puntuales que a criterio del alto cuerpo provincial resultaron motivo suficiente para denunciarlo por la causal de mal desempeño y motivaron la apertura de un sumario administrativo que culminó con una sanción disciplinaria por parte del Superior Tribunal de Justicia: uno es la tramitación de gran cantidad de causas federales y otro el aumento de expedientes de guardas con fines de adopción a partir del año 2010. Respecto del primer supuesto se indicó que el magistrado se habría extralimitado en el ejercicio de sus potestades jurisdiccionales -respecto de la competencia material y territorial- al dictar medidas cautelares contra el Estado Nacional y organismos federales, cuando de los términos de la misma demanda surgía claro que se trataba de una cuestión ajena a su competencia. Se destacó con mayor carácter el hecho de haber dado trámite a cuatro nuevas causas en diciembre de 2010 teniendo pleno conocimiento del encuadre que había recibido el asunto en el juzgamiento político que se le siguió a su par, la doctora Beatriz Duarte. Se consideró que se trataba de un caso de “forum shopping”, concepto que envuelve el supuesto en el cual el justiciable puede verse tentado a elegir el tribunal en función de la ley que éste aplicará. Con relación al aumento de expedientes de guardas con fines de adopción, la instrucción sumarial observó que en muchos casos existían “sospechosos cambios de domicilios de la madre biológica a los efectos de producir la competencia territorial del tribunal”. Se advirtió también falta de rigor en las exigencia de los requisitos legales a los efectos de decretar la guarda provisoria y se concluyó que el juez habría facilitado de alguna manera el ingreso de causas promovidas con el objeto de guardas pre-adoptivas que resultan “ab initio” ajenas a su competencia territorial.En su descargo, el doctor De Biase Echevarría adujo -en el primer caso- que actuó bajo el firme convencimiento de estar cumpliendo con la manda constitucional de viabilizar el pronto y ágil acceso a la jurisdicción de los ciudadanos. En relación al segundo hecho, negó que se hubiera incumplido con las exigencias legales, sostuvo que él personalmente realizó declaraciones públicas denunciando tal situación y señaló que de los expedientes remitidos como prueba por el Superior Tribunal de Justicia se observaba que no dio trámite a causas donde no podía constatarse el domicilio de la madre biológica en forma fehaciente.





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