POSADAS. Los hijos de matrimonios del mismo sexo, nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley 26.618, podrán ser inscriptos bajo el nombre de ambos padres o madres, tras haber entrado en vigencia el decreto 1.006/2012, publicado en el Boletín Oficial, que señala estrictas razones de igualdad ante la ley.El decreto, firmado el lunes por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, expresa que la Ley 26.618 garantiza que la inscripción de niños de matrimonios entre personas del mismo sexo preserve sus relaciones familiares con ambos cónyuges.Dichas modificaciones se ajustan a la cláusula complementaria de aplicación del artículo 42 de dicha ley, que otorga los mismos derechos y obligaciones a los integrantes de las familias cuyo origen sea un matrimonio constituido por dos personas del mismo sexo o por dos personas de distinto sexo.El documento destaca que debe considerarse la situación de aquellos hijos de matrimonios de personas del mismo sexo nacidos con anterioridad a la sanción de la Ley 26.618. De no disponerse el procedimiento señalado -agrega-, habría familias con hermanos en la misma situación pero con distinta inscripción y consecuente menoscabo de sus derechos.El régimen de excepción será aplicable únicamente para aquellos casos en que no existiere una filiación paterna previa. La medida busca dar pronta respuesta a las demoras que padecen muchos niños, niñas y adolescentes para acceder a su completa inscripción.





Discussion about this post