POSADAS. En una última defensa de cinco minutos concedido por el Tribunal en base a la acordada Nº 1 de 2012 de la Cámara Nacional de Casación Penal, cuatro de los cinco imputados en el juicio por crímenes de lesa humanidad, que se lleva a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, reiteraron ayer su declaración de inocencia, tras lo cual se cerró la última audiencia, previa al veredicto que se conocerá hoy.La jornada se inició con un extenso alegato del abogado César Edgardo Ortellado, defensor del ex médico policial, Guillermo Roque Mendoza, que volvió sobre su tesis de que la quema de los archivos de la Policía por un Decreto del gobernador en 2005, lo perjudicó al extremo de no poder desarrollar una defensa eficiente.El presidente del Tribunal, el formoseño Rubén Quiñonez, se vio obligado a llamarle la atención en tres oportunidades al verborrágico abogado defensor, por sus constantes digresiones, que no ampliaron sustantivamente lo anteriormente expresado por Mendoza, que declaró en varias oportunidades durante el juicio.Por su parte, el defensor del imputado Carlos Alberto Pombo, ex agente de Policía acusado de participar en las detenciones ilegales y la aplicación de tormentos, el letrado Alberto Kuhe, ensayó una defensa de carácter técnico, expresando con precisión las numerosas lagunas que, a su juicio, presentaban las declaraciones testimoniales efectuadas en contra de su defendido.Kuhe pidió “la absolución e inmediata liberación” de Pombo, por entender que los testimonios no fueron contundentes y no quedó probado en el juicio en ningún momento la participación activa de Pombo en las sesiones de tortura que se le imputan.Los abogados defensores Silvia Galarza y Ricardo Forés también pidieron la absolución para su defendido, el ex agente sumariante Julio Argentino Amarilla, imputado por haber firmado el Expediente 75 Bis, con actas de los interrogatorios a 62 víctimas de la represión. Las actas se hicieron para ser presentadas ante un hipotético consejo de guerra, pero terminaron, paradójicamente, sirviendo de base documental probatoria al actual juicio, debido a que los testimonios de las víctimas probaron que las declaraciones les fueron arrancadas mediante salvajes torturas.El fiscal Diego Steher, el día anterior, subrayó la importancia para el proceso de la confrontación entre las actas y las declaraciones de los “testigos víctimas”; ya que probaron, “que las víctimas tienen muy buena memoria de lo que les pasó”, además de que “se pudieron saber muchas verdades indirectamente por el expediente”. “Un hombre común”Los abogados de Amarilla también señalaron presuntas imprecisiones en la prueba documental -aunque admitieron que era más numerosa que lo habitual- y fundamentaron la inocencia de Amarilla en base a que la represión se hizo siguiendo una legislación que era legal de acuerdo a los parámetros de la época. En respuesta a la mención que hiciera el día anterior la fiscal Vivian Andrea Barbosa de la renuncia del militar Gregorio Pomar al Ejército debido al golpe de Estado, Forés remarcó que “Amarilla era un hombre común ante una situación extraordinaria, no se le podía pedir que fuera un héroe”. La defensora oficial Susana Criado de Ayán hizo una defensa de fuerte contenido teórico-ideológico, citando jurisprudencia variada, e invocando al ministro de la Corte Carlos Fayt. Pidió el sobreseimiento de sus defendidos, Felipe Giménez y Omar Herrero, para quienes la Fiscalía había pedido el día anterior 25 años de cárcel. “No torturé ni soy genocida”Los acusados, al hablar en su alegato final, se declararon inocentes de todos los cargos, pese a lo cual no ocultaron su íntima sintonía con los principios que guiaron al terrorismo de Estado. “No conocí a la señora”Mendoza, quien mantuvo durante todo el juicio su postura de que no participó en absoluto de las actividades represivas, limitándose a sus tareas profesionales en Sanidad Policial, justificó con vehemencia el golpe militar de 1976, descalificando el “desorden y el caos” del gobierno de Isabel Perón; que equiparó, a su vez, “al desorden que tenemos hoy con la inflación y todo”. El oficial principal designado como médico policial en el período más álgido de la represión, insistió en señalar supuestas contradicciones en el testimonio de la ex detenida política Graciela Franzen, quien lo identificó cuando la atendía tras ser salvajemente torturada. Giménez, muy comprometido por su condición de jefe del Departamento de Informaciones, y por haber firmado el Expediente 75 Bis, que se confeccionó entre noviembre de 1976 y julio de 1977 -mediante la aplicación de inhumanos tormentos a 65 detenidos- calificó de “mentiras” al conjunto de los testimonios prestados por las víctimas.“No torturé, nunca permití que se tocara a un preso ni soy genocida”, enfatizó el ex jefe de Informaciones, tras asegurar que recibía “por una estaferta” las actas de los interrogatorios que se hacían en el Área 232: Giménez destacó que se lo designó instructor “con autorización para hacer detenciones”; pero nunca hizo nada más que recibir las actas y a los detenidos, “que firmaron sin coacción alguna y por propia voluntad”, aseguró. No se privó, sin embargo, de arremeter contra “el arsenal de los Montoneros”, los “clavos miguelito del MAM” y hasta de acusar al desaparecido Pedro Orestes Peczak de “atacar a los agricultores que pensaban diferente”. El paradigma de la concordia La defensora oficial Susana Criado de Ayán pidió ayer el sobreseimiento de sus defendidos, el ex militar Omar Herrero y el ex jefe del Departamento de Investigaciones de la Policía de la provincia, Felipe Giménez, en consideración a lo que llamó el “paradigma de la concordia”, invocando al científico Thomas Kuhn, y hasta al líder sudafricano Nelson Mandela. En una elaborada defensa de tono fuertemente ideológico en la que citó una amplia variedad de fuentes de jurisprudencia, la abogada evitó pronunciarse directamente sobre la naturaleza aberrante de los crímenes cometidos hace 36 años -bajo la impunidad de la dictadura cívico militar- y se concentró en el principio de que “no existe la verdad abso
luta, sino verdades”, a partir del cual recordó que la legislación nacional en torno de los crímenes cometidos tras la dictadura de 1976, “pasaron a ser interpretados a partir de varios paradigmas diferentes”. Tras calificar como paradigmas diferentes a los cambios en la consideración jurídica de los crímenes de la dictadura -relacionados con el proceso político y social- que dieron lugar al Juicio a las Juntas, primero, para derivar luego en las leyes de Obediencia debida y Punto Final, el indulto o amnistía y finalmente en los actuales juicios por “crímenes de lesa humanidad”, la defensora oficial abogó por la aplicación de un “paradigma de la concordia”, para reconciliar a la sociedad con su violento pasado represor. Criado de Ayán dijo que Argentina firmó tardíamente el pacto internacional sobre crímenes de lesa humanidad, y observó que la adscripción a pactos internacionales, que convirtió en ley la reforma de 1994, “no invalida las garantías y derechos contenidos en los 30 primeros artículos de la Constitución nacional”. La fundamentación del pedido de sobreseimiento contrastó con los conceptos vertidos por el abogado querellante Rafael Pereyra Pigerl, el día anterior, sobre la importancia histórica y el profundo significado ético de los pactos internacionales -a los que adhirió la Argentina- que definieron el concepto de “genocidio”; basándose en hechos criminales “incluso mucho menos aberrantes que los que se juzgan en este juicio”.





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