OBERÁ. La causa llegó al Tribunal Penal 1 de esta ciudad por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”, pero las contradicciones de los informes médicos jugaron a favor del imputado que terminó condenado por el delito de “abuso sexual simple calificado”, que prevé un castigo mucho menor.Por esas vicisitudes periciales, la fiscal del Tribunal Penal 1, Estela Salguero de Alarcón, no tuvo otra alternativa mejor para alcanzar el objetivo de hacer Justicia que un juicio abreviado y acordar una pena a cinco años de prisión para el sospechoso.El hombre confesó su responsabilidad penal pero con la coartada de que sólo había manoseado a la hijastra. Por eso se debió apelar a una modificación de la calificación para alcanzar el abreviado, porque no se pudo probar que existió violación. En realidad, de llegar a debate oral, había muchas posibilidades de que el imputado fuera absuelto por el beneficio de la duda. El caso trascendió a fines de 2007 en el paraje Portón Viejo, jurisdicción de la localidad de San Pedro.La víctima resultó ser una nena de doce años, hijastra del imputado.Un día ella escribió una esquela a la maestra en la que contaba que estaba siendo abusada por el concubino de su madre.La docente fue a la Policía y realizó la exposición de la historia. La madre, posteriormente, radicó la denuncia, vital para un delito de instancia privada, y se produjo la detención del concubino.El problema se produjo después, a la hora de sumar pruebas. La primera médica que revisó a la víctima confirmó “defloración de vieja data”. El diagnóstico cambió radicalmente a posteriori, cuando la misma niña fue examinada por un médico forense y una ginecóloga, quienes determinaron que no estaba deflorada y que si hubo penetración, pudo haberse tratado de un himen complaciente.Semejante contradicción en la apertura del proceso a pruebas fue determinante para la modificación de la calificación.Para colmo de males, en Cámara Gesell la niña modificó también su relato y no acusó al padrastro.La psicóloga que se entrevistó con ella dejó entrever en su informe que la víctima podía estar siendo coaccionada por terceros, para que no acusara a la pareja de su madre.A la incertidumbre de los informes médicos se sumó la ambivalencia del relato de la menor, dos circunstancias decisivas para la acusación.En ese contexto se produjo ayer el abreviado, tras el acuerdo al que arribaron la fiscal Estela Salguero de Alarcón y la defensora oficial Teresa Gómez de Roth. Ahora sólo resta la homologación del Tribunal Penal 1 de Oberá para que la causa quede cerrada definitivamente. Un caso que merece tenerse en cuenta a la hora de analizar la importancia de las pericias médicas, incluidas las psicológicas.





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