POSADAS. Tal como se anticipó, la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura provincial emitió ayer dictamen sobre los proyectos de ley destinados a reglar la “Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de los Órganos de la Administración del Estado”. La misma permitirá a cualquier ciudadano requerir información a los organismos del Estado. Los diputados oficialistas aceptaron finalmente incorporar algunos de los aportes escuchados el lunes de parte de los asistentes a la reunión que sirvió de debate previo al dictamen. Pero, entre las incorporaciones sorprendió el artículo 18 del dictamen que disparó críticas: “El adquirente de la información que publicite la misma en forma total o parcial o utilice la misma, como fuente de investigación, remisión de datos en artículos o editoriales, que implique una distorsión maliciosa de la información suministrada, es responsable civil y penalmente por su accionar, sin perjuicio de la denegación por parte del órgano requerido de suministrarle en lo sucesivo información de su dependencia, previa resolución judicial de la determinación de su responsabilidad”. Y acota la propuesta oficialista: “Misma responsabilidad le cabe a quien reproduzca o utilice de fuente la información publicada por el requirente, desvirtuando la misma”.Cambios positivosEn las incorporaciones al dictamen se encuentra la enumeración de los organismos alcanzados: “De cualquier órgano perteneciente a la administración centralizada, descentralizada, órganos de la Constitución Provincial, entes autárquicos, empresas y cooperativas que presten servicios públicos y sus entes reguladores, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta, sociedades del estado y aquellas organizaciones empresariales donde la Provincia tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias o que reciban subsidios del Estado provincial; Poder Legislativo y Poder Judicial”. La otra fue la modificación en los plazos de respuesta al pedido: “Un plazo no mayor de diez días hábiles administrativos. El plazo se podrá prorrogar por diez días hábiles administrativos de mediar circunstancias inusuales que hagan difícil reunir la información solicitada”.





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