BUENOS AIRES (Medios digitales). La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló ayer la condena a treinta años de cárcel de Fernando Carrera, acusado por la denominada “Masacre de Pompeya”, un confuso episodio ocurrido en el verano de 2005 y que, según el imputado que lleva siete años preso, fue una “causa armada” por la Policía.La Corte, con el voto coincidente de cuatro de sus cinco ministros presentes, entendió que la sentencia carecía de fundamentos y remitió las actuaciones al tribunal de origen, la Cámara de Casación Penal, para que dicte un nuevo fallo, según informó el diario Perfil.Carrera podría recuperar la libertad de inmediato, pues lleva siete años preso sin condena firme, un plazo largamente excedido de los tres años como máximo que contemplan la ley y los tratados internacionales en materia de derechos humanos incorporados a la Constitución. Precisamente, Carrera se encontraba haciendo una huelga de hambre desde hace varias semanas para que se resolviera su planteo.La “Masacre de Pompeya” saltó a luz pública de manera masiva a través de la película “El Rati Horror Show”, realizada por el ex piloto aeronáutico y cineasta Enrique Piñeyro, quien se convirtió en una suerte de cuestionador público del fallo del tribunal que sentenció a Carrera.Todo ocurrió el 25 de enero de 2005, cuando un auto que iba por la avenida Sáenz de Capital Federal arrolló a cinco personas que estaban cruzando la calle: dos mujeres y el hijo de una de ella murieron.Se creía que el vehículo había sido robado y que el conductor, Carrera, estaba escapando de la Policía.Carrera fue detenido luego de recibir varios disparos por parte de la Policía y al llegar a juicio aseguró que era inocente y que era víctima de una “conspiración” policial.Pero el Tribunal Oral en lo Criminal 14 lo condenó a treinta años de cárcel tras calificar de “insólita” la versión del acusado al aludir a un hecho de “gatillo fácil”.El fallo fue confirmado en Casación pero ahora -en medio de la huelga de hambre del protagonista y también a dos años de la película que se hizo sobre el caso- la Corte Suprema resolvió anular la condena por falta de argumentos.“Esta Corte entiende que asiste razón al recurrente en cuanto alega que el tribunal no efectuó una revisión integral, exhaustiva y amplia del fallo condenatorio ya que, a la luz de las constancias de la causa, se corrobora que omitió analizar en forma debida los agravios”, dijeron ayer los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni.Según ese voto coincidente (sólo Enrique Petracchi votó en disidencia), la Cámara de Casación, como revisor de la sentencia del TOC a treinta años de cárcel, “no trató de modo suficiente y acabado los argumentos planteados por la defensa contra la condena con base en los elementos probatorios que expresamente individualizara y por los que sostuviera que Carrera era ajeno al ilícito. El fallo recurrido carece de la debida fundamentación”, dijeron los jueces, al revocar la condena confirmada por la Casación.Particularmente duro resultó el voto del juez Zaffaroni: “Llama poderosamente la atención el alto número de disparos que impactó al vehículo del imputado. Cabe profundizar la consideración de la posibilidad de que haya habido aún más disparos que no diesen en este, lo que elevaría notoriamente el número, siendo una conducta que policialmente no es usual, en particular tratándose de un episodio que tiene lugar en una avenida transitada por vehículos y personas”.Es que Carrera fue condenado porque -presuntamente- tras asaltar con un secuaz a un empresario habría emprendido la fuga por el barrio porteño de Pompeya, donde fue sorprendido por los policías.Según la versión oficial, su supuesto cómplice se bajó del auto y se llevó el botín pero Carrera siguió escapando con un arma y se tiroteó con la Policía, pese a que las pericias confirmaron que no había disparos desde el interior del auto.Carrera dijo que lo confundieron con un asaltante, le dispararon en la cara, quedó inconsciente y luego circuló en ese estado con su automóvil por la avenida Sáenz, atropellando, matando e hiriendo a varios transeúntes.A Zaffaroni le llamó la atención la versión oficial: “Tampoco es usual que si el imputado se había liberado de su compinche y con él de la prueba del anterior delito, pues el dinero no ha aparecido, se hubiese quedado con un arma en el vehículo… sin la cual no hubiese tenido necesidad alguna de emprender una huida”.Ahora será Casación la encargada de determinar cómo continuará la causa, y en ese sentido podría disponer un nuevo juicio o directamente absolver a Carrera. “El Rati Horror Show”Por Eduardo Paredes AbogadoLa Corte Suprema ordenó a la Cámara de Casación Penal de la Nación revisar el caso de Fernando Ariel Carrera, condenado a treinta años de prisión por un caso ocurrido en 2007 en el porteño barrio de Pompeya. Este caso dio lugar a la realización de una película dirigida por Enrique Piñeyro llamada “El Rati Horror Show” -que en la jerga carcelera o “tumbera” significa el show de horror policial-, en que se mostró el modo grosero en que los tribunales “construyen” o “re-construyen” el suceso histórico sobre el que luego se aplican condenas, la mayoría de las veces de encierro por largos años. La película muestra la arbitrariedad de los tribunales, permite dirigir la mirada sobre quienes “investigan” y quienes juzgan y en realidad debería habilitar la discusión sobre el modo en que se forman los abogados, muchos de los cuales serán jueces. Evidencia las sospechosas que son las “verdades judiciales”, al haber sido dirigida por un multifacético como Piñeyro (piloto, médico psiquiatra, director de cine y perito en accidentes de aviación) funcionaliza la rigurosidad con que se exhiben las groseras debilidades metodológicas de las resoluciones judiciales cuyo único sustrato de validación es el argumento de autoridad. Del mismo modo, evidencia el modo en que las fuerzas de seguridad “construyen las investigaciones” y los jueces sin mínima crítica receptan esa “verdad” como única posible. El profesor de la universidad de Roma Luig
i Ferrajoli sostiene que la enseñanza de la abogacía debe ser revisada porque -aunque parezca increíble- a los abogados no se les da el mínimo entrenamiento en epistemología. En las escuelas de derecho se enseña “procesal” -como en el siglo XIX- como si en más de cien años no se hubiera desarrollado enormemente la crítica a los métodos de conocimiento en orden a la evolución de la epistemología. A este panorama se agrega la burocracia, que es la realidad diaria del aparato judicial en que todo se delega y los dramas quedan sepultados bajo toneladas de papeles, además, como cualquier burocracia, es extremadamente reacia a los cambios, todo debe limitarse a una pura tarea de repetición, reglamentarista y banal. En este contexto dijo alguna vez Zaffaroni en su antológica obra: “En busca de las penas perdidas” que los jueces se reducen de este modo a “empleados con título, con una incapacidad entrenada para vincular conflictos” (con excepciones, aun en nuestra provincia) naturalmente permeables a cualquier pulsión autoritaria y del mismo modo estructuralmente funcionales al poder.




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