Esta aclaración se hace ante los casos de público conocimiento en los que los empleados sufrieron un descuento mayor del impuesto a las Ganancias al 35%, que es la alícuota máxima del impuesto. Sin embargo reconoce tres situaciones en las cuales puede llegar al total.
El organismo indicó en un comunicado que el empleado debe informar todo el ejercicio, las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año.
La entidad remarcó que el empleador no podrá en el año descontar más del 35% del salario como retención de Ganancias, pero señaló que puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, salvo que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese límite.
La retención puede llegar al total del salario en tres casos: si el empleado informa recién en marzo los salarios que pagan otros empleadores; si modifica una o más deducciones informadas, disminuyendo su valor o eliminándolas; o si no manifiesta a sus empleadores la decisión de que no le retengan más del 35% en abril, precisó.
La AFIP explicó que en dichas circunstancias, el empleador sólo tiene una oportunidad de retener el impuesto y, de ese modo, evitar que el empleado adeude impuestos y tenga que ingresarlos por su cuenta.
En general, los empleadores dan aviso a sus empleados de estas obligaciones, de modo de evitar los inconvenientes difundidos en los últimos días, resaltó la Administración.
Fuente: Agencia de Noticias Télam





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