Por Resolución 76/2017 del Servicio Provincial de Educación Privada de Misiones (Spepm), desde fines de marzo de este año todas las escuelas de gestión privada de la provincia deben aplicar “en carácter experimental y temporal” un nuevo Régimen de Evaluación, Acreditación, Calificación, Promoción e Información que establece, entre otras cuestiones, el redondeo de las notas trimestrales, obviamente siempre a favor de los alumnos. No obstante, esta resolución dispone el redondeo de la calificación trimestral, pero no de la final. En el punto 5.2 se detalla sobre el redondeo: “Este sistema de promedio trimestral en fracciones de media unidad y en enteros, significa que en casos intermedios, es decir, cuando los decimales sean inferiores a coma cincuenta (,50) o inferiores a coma noventa y nueve (,99), deberá redondearse hacia la media unidad o unidad superior más próxima, respectivamente. (Ej: 5,33 redondea a 5,50; 5,66 redondea a 6)”.El Spepm prohibió además “calificaciones originadas en ausencias justificadas de los alumnos como metodología para sancionar a los mismos”. Dispuso también que “el ausente – sin calificación – a alguna de las evaluaciones no será considerado para el cálculo de la calificación trimestral. El ausente en un trimestre, será motivo de recuperación en la instancia de diciembre”. Talleres de apoyo y recuperación en diciembre Los alumnos que no aprueben materias deberán asistir a los talleres de apoyos y evaluaciones planificadas en los días y horarios que la institución considere. Los alumnos que aprueben esos talleres, aprobarán las materias. Los que no aprueben, quedarán con el espacio curricular en carácter de “pendiente”.Al terminar las clases, los alumnos que no alcancen un mínimo de 6 en la materia deberán recuperar en la instancia de diciembre pero sólo “los contenidos incluidos en los módulos de los trimestres en los que no hubieren alcanzado calificación de 6 o hubieren estado ausentes. En esta instancia, la calificación mínima para la aprobación será de 6. Los alumnos que no aprueben en diciembre, “será evaluado ante comisión, en el período complementario de febrero-marzo, en la totalidad de las unidades del espacio curricular”.Paso a paso de la flexibilización Desde que la educación secundaria pasó a ser obligatoria por ley en Argentina en 2006, las miradas apuntan a revisar todas las reglas y exigencias cuyo cumplimiento podrían desencadenar abandono escolar. De a poco, se fueron corriendo los límites o, dicho de otra manera, flexibilizando las exigencias para que menos chicos repitan y terminen abandonando la escuela media. El primer paso lo dio en 2009 el Consejo Federal de Educación (CFE) con la Resolución 93/2009 en la que se aprobó el documento “Orientaciones para la organización pedagógica e institucional de la educación obligatoria” en el que se puso a consideración de las provincias numerosas medidas para garantizar la permanencia y promoción de los alumnos.En noviembre de 2012, el Consejo General de Educación (CGE) de Misiones envió a los directores (se les pidió en forma expresa que no lo compartan con los demás docentes) de las escuelas públicas y privadas de la provincia un borrador del “Régimen de Evaluación, Acreditación, Calificación, Promoción e Información del Nivel Secundario”.Las “innovadoras” propuestas generaron polémica en la opinión pública y de los propios educadores. Entre estas estaban la promoción hasta con cinco materias previas, la posibilidad para aquellos que adeuden materias correlativas que estas puedan articularse en un sólo examen. Otra propuesta era que los alumnos que aprueben Lengua de segundo año se le considere aprobada en forma automática la misma materia del año inferior. También se propuso la integración de dos o más asignaturas para evaluar. “Por ejemplo, evaluar Lengua a través de la producción del estudiante en otras asignaturas. Siempre y cuando esto posibilite evaluar los saberes que se asuman como prioritarios”, sugería el documento. Finalmente, en febrero de 2013, el entonces gobernador Maurice Closs anunció la promoción con tres previas y la creación de las tutorías obligatorias. Este año, el Spepm se animó a dar otro paso en esta dirección e impuso este nuevo régimen de promoción y evaluación “hasta tanto se concrete la aprobación definitiva del Régimen Jurisdiccional”. Hasta el momento, las escuelas de gestión pública continúan con el regimen de promoción y evaluación anterior vigente. Alumnos con facultad de apelaciónLa consigna de que los docentes no podrán evaluar lo que no se haya desarrollado en clase sigue vigente pero con un nuevo giro: los alumnos podrán apelar ante las autoridades cuando creen que esto sucede. Al respecto, la resolución del Spepm establece en su punto 11 que “cuando resulte evidente la falta de correlación entre las evaluaciones administradas a los alumnos y la modalidad de enseñanza en el aula, la conducción de la Unidad Educativa deberá recabar y analizar las causas que originan tal discordancia, para alcanzar las correcciones que correspondan y/o tomar las medidas pedagógicas o administrativas que cupieren”. Continúa además en el punto 12 que “si la situación planteada en el artículo anterior u otras, referidas a cuestiones de evaluación y calificación motivaran apelación por parte de alumnos, padres, tutores o encargados –según corresponda–, se las resolverá en primera instancia en la Unidad Educativa. Agotada la instancia institucional, las apelaciones por cuestiones de evaluación y calificación, se elevarán al Spepm, acompañándose opinión fundada de la conducción de la Unidad Educativa respecto del caso planteado y/o fundamentación de las medidas adoptadas, dentro de las 72 horas de producida la apelación con pedido de intervención de la Superioridad”.




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