Después de haber sido absuelta hace poco más de un año, la misionera Mabel?Adriana Lorena Bogado?(43) deberá volver al banquillo. Así lo dispuso la Cámara Federal de Casación Penal, que en las últimas horas dio lugar al recurso interpuesto por la fiscalía federal de Corrientes después del juicio en el que fueron condenados su marido y otros dos bomberos voluntarios de Puerto Iguazú por transportar droga en una ambulancia hacia Córdoba.La sentencia había sido dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes el martes 2 de junio de 2015 y, en la misma, los bomberos Elbio Batista Mello (43), Miguel Ángel Yuszczeczyn (38) y Ramón Aníbal Moretti (43), pareja de Bogado, fueron condenados a ocho años de prisión por transportar 240 kilogramos de marihuana y 3.973 pastillas de éxtasis.En aquel debate, la mujer había asegurado que no sabía de la droga y que había participado del viaje trunco tras una invitación de su marido, quien no había querido dejarla sola en Iguazú porque estaba descompuesta. El Tribunal conformado por los magistrados Víctor Alonso, Fermín Cerolini y Lucrecia Rojas de Badaró le creyó y la absolvió de culpa y cargo.Sin embargo, la cuestión no terminó ahí. Tras la sentencia, el fiscal correntino Carlos Schaefer interpuso un recurso ante la Cámara Nacional de Casación?penal. Para él, estaba probada la responsabilidad de los cuatro involucrados en el hecho. Y?ese tribunal de alzada le dio la razón en los últimos días.Para Schaefer, la absolución a Bogado careció de argumentos, ya que los propios testigos del procedimiento declararon haber sentido el olor a marihuana que emanaba del vehículo. Para el fiscal, la mujer “no podía desconocer el olor de la sustancia ni la actividad desarrollada por su pareja, como así tampoco podía negar que la falsa ambulancia encendía su sirena para evitar los puestos de control en la ruta, ni que la camioneta se había adquirido pocos días antes del viaje y acondicionado para realizar el transporte y disimular una emergencia médica”, reza el comunicado oficial difundido el último viernes por el Ministerio Público Fiscal.Ante la situación, las autoridades deberán conformar un nuevo tribunal -con tres magistrados diferentes a los que actuaron en el primer juicio a la mujer- y llamar nuevamente a debate oral y público a Bogado.La fe terminó por jugar en contraLa causa de la “narcoambulancia” se inició el lunes 29 de abril de 2013, cuando personal del Grupo de Seguridad Vial Mercedes de la Gendarmería Nacional patrullaba la Ruta Nacional 123. A la altura del kilómetro 102, en el Paraje denominado “Santuario Gauchito Gil”, observaron una ambulancia de bomberos con la leyenda “Unidad de Rescate” en su costado y con las balizas encendidas. Al acercarse a brindar colaboración, el personal de Gendarmería encontró fuera del vehículo a Miguel Yuszczeczyn, quien manifestó ser bombero voluntario de Puerto Iguazú y que estaba esperando a que sus compañeros de viaje salieran del santuario para continuar el rumbo hacia la provincia de Córdoba.Pasados unos minutos aparecieron Elbio Bastista Mello y Ramón Elbio Moretti -quienes también aseguraron ser bomberos- junto a su mujer, Mabel Adriana Lorena Bogado. Cuando los gendarmes solicitaron la documentación del vehículo, Moretti abrió la puerta de la camioneta Ford F350, de la que emanó un fuerte olor similar al de la marihuana, por lo se solicitó la presencia de un perro detector de narcóticos junto con peritos de la fuerza. Tras registrar el rodado, se encontraron 241 kilos de cannabis sativa junto con 3973 pastillas de éxtasis.Sobre la sentencia dictada por el Tribunal correntino, la Cámara opinó que el mismo “no logró explicar por qué los argumentos empleados para condenar a Moretti, Mello y Yuszczeczyn era rebatidos para sostener la ajenidad de la imputada al hecho y propiciar su absolución, cuando, en realidad, esta no podía –conforme la hipótesis de la fiscalía- desconocer la conducta ilícita que estaban desplegando”.





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