Señora Directora: No quisiera polemizar con el autor de una carta publicada por ese Diario, quien atribuye a un reconocido y afamado humorista, al quien respeto y admiro como persona, de que el uso del término “honorable”, antepuesto al nombre de algunos de los organismos colegiados de gobierno del Estado, proviene del latín: “ad honorem”. En mi entender esa no sería la correcta interpretación del término en cuestión, sino que tiene otra acepción según el Diccionario de la Real Academia Española (RAE), edición tricentenario (www. dle.rae.es).Para éste la acepción de “ad honorem” es la que el lector atribuye (“que se hace sin retribución alguna”; “de manera honoraria, por solo la honra”); en tanto, “honorable” tiene una definición diferente. Para la RAE, al igual que el término anterior, también proviene de una locución latina: “honorabilis”, cuya primera definición dice: “1. adj. Digno de ser honrado o acatado”, que creo se ajusta más a esos órganos de gobierno que dictan normas o sentencias a las que se les debe ese respeto.A ella agrega otras dos: “2. adj. Propio o característico de una persona honorable. 3. adj. Tratamiento que en algunos lugares se da a los titulares de determinados cargos”. Nada habla en cuanto a una tarea honoraria, “ad-honorem”, sino de una “digna de ser honrada y acatada” que es, por lógica, lo que debería corresponder a la función que estos organismos “honorables” tienen.No descarto que la primera versión atribuida pueda ser también válida –todas tienen a “honor” como raíz etimológica–, pero de la lectura del diccionario de la RAE no surge esa idea, sino la del respeto a instituciones del Estado, legislativas o judiciales. Quizás, lo que pueda acotarse en materia de retribución a quienes las ejercen, es criticarles y exigirles austeridad en cuanto al dispendio de los fondos públicos, que son de todos; sea en honorarios u otros gastos y privilegios.





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