Según se publicó en el Boletín Oficial, se creo el “Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas”, aprobado por la Resolución General N° 2.570.El artículo 2° detalla: “Podrán inscribirse en el “Registro” las personas humanas, sucesiones indivisas, empresas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que desarrollen cualquiera de las actividades que se detallan a continuación:a) Productores, criadores y cabañeros de hacienda bovina/bubalina.b) “Feed Lots” (establecimientos de engorde a corral de hacienda bovina/bubalina)c) Invernadores de hacienda bovina/bubalina.d) Establecimientos faenadores y/o frigorífico de hacienda bovina/bubalina.e) Consignatarios y/o comisionistas de hacienda bovina/bubalina.f) Consignatarios directos de hacienda bovina/bubalina.g) Consignatarios de carnes de hacienda bovina/bubalina.h) Mercados concentradores, ferias o predios feriales donde se comercialice hacienda bovina/bubalina.i) Matarifes —abastecedores y carniceros— y toda otra modalidad de usuarios de faena de hacienda bovina/bubalina.j) Comercializadores de subproductos comestibles y no comestibles de origen bovino/bubalino."Fuente: Boletín Oficial





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