Vázquez había solicitado la prescripción al entender que ya habían pasado más de seis años desde que Jaime había dejado de ser funcionario público y que el delito de administración fraudulenta, del que está acusado, tiene una pena máxima de seis años.La OA, en su presentación ante el juez, había sostenido que esa premisa era errónea, dado que Vázquez había sido procesado por ser "autor penalmente responsable de los delitos de cohecho, tráfico de influencias y negociaciones incompatibles; y como partícipe necesario del delito de peculado de bienes, administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública". De esta manera, la pena máxima por el delito de peculado es de 10 años y no de 6. En la resolución, Ercolini retomó los argumentos de la Oficina Anticorrupción para rechazar la prescripción para Vázquez. "Resulta de ese modo, ya que, los argumentos utilizados para fundar la petición se ven claramente desvirtuados a la luz de las constancias de autos", afirmó el juez.Y agrega: "Debe tenerse presente que Julio De Vido dejó su cargo como Ministro a cargo del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios el 9 de diciembre de 2015, habiendo asumido luego como Diputado Nacional, circunstancia que lo ubica en la situación tenida en cuenta por el legislador como causal suspensiva de prescripción".Fuente: Agencia de Noticias NA





Discussion about this post