Una vez más, por una decisión del Consejo de Educación, que prioriza intereses particulares, un grupo de niños debe hacer frente al proceso poco favorable que significan los cambios de docentes al frente del aula. Es que Andrea Rivas fue designada al sexto grado de la Escuela 305 de Oberá, como interina, y luego removida del cargo, sin respetar su inmunidad gremial (es delegada de la Unión de Trabajadores de la Educación de Misiones). Aunque ahora un fallo de la Justicia Laboral la regresa a su puesto de trabajo, los alumnos debieron adaptarse a otra maestra durante algunas semanas.“El 28 de septiembre pasado, Rivas fue electa delegada en la Escuela 305, se notificó e informó a la directora, al Consejo de Educación, al Ministerio de Trabajo y demás, sin embargo el 31 de marzo pasado tuvimos la notificación de un traslado en su cargo, es decir, hay una maestra que viene a ocupar su cargo”, explicó Mónica Gurina, dirigente de la Unión de Trabajadores de la Educación de Misiones (Utem) y la Central de Trabajadores de Argentina (CTA).A pesar de que le corresponde “la protección que tiene el cargo de delegado gremial en función no solamente de la Constitución, sino de convenios internacionales y jurisprudencia de la Corte Suprema, esto fue lo que se presentó a través de un recurso en el Consejo, que todavía no nos contestó, pero el recurso judicial ordena no innovar y reinstalar a Andrea en su cargo”, añadió.“El fallo, que es una resolución preliminar, lo que ordena es no innovar y que se reinstale a Andrea en su cargo, lo fundamental para nosotros tiene que ver con que la Justicia sigue abriendo los canales para que se cumpla una normativa que está y existe desde 1994, cuando se modifica la Constitución”, mencionó la dirigente.Rivas era interina en el cargo que ocupaba en la Escuela 305. “Los docentes tenemos tres formas de situación de revista, somos suplentes de un titular, titulares o interinos, que son cargos que no tienen dueños, ya sea porque el titular falleció o se jubiló, es una vacante con un número, la persona que está en ese momento en ese cargo es interina. El cargo se define de dos formas, pasa a concurso o a traslado”, subrayó Gurina. Y como Andrea goza de protección gremial, por lo que no puede ser removida del cargo.“Entendemos que esto es una clara persecución gremial, no es casual porque Andrea, como tantos otros compañeros que están en esos lugares, son los que están cuestionando al sistema educativo, estas medidas están, justamente, orientadas a desmantelar el trabajo que llevan a cabo”, opinó.“Para nosotros es muy importante, en esta primera parte del análisis judicial, donde ordena no innovar y que ella vuelva a su lugar de trabajo, es que hay prima facie una interpretación de la ley que es la que corresponde y hace la misma Corte de Justicia, porque lo más grave acá es la forma en que el Consejo violenta todo un sistema jurídico que además está teniendo una doctrina y una jurisprudencia que sostiene la igualdad de las organizaciones gremiales, entonces el Consejo hace la interpretación que se le ocurre en función de los intereses políticos, a los que discuten, pelean, los corremos y a los obedientes los seguimos manteniendo en el cargo”, aseguró la dirigente.





Discussion about this post