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Oscar Thomas y Sergio Santiago, a la Justicia penal por presunta malversación

3 abril, 2016

El diputado provincial Gustavo González (UCR) radicó una denuncia penal ante el Juzgado Federal de esta ciudad, contra el exdirector Ejecutivo de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), Oscar Thomas, y el exministro del Superior Tribunal de Justicia, Sergio César Santiago, por la presunta malversación de fondos públicos, basando la presentación en la aparente falsedad del rol de “docente” de este último en la entidad, y la consecuente ilegitimidad e ilegalidad de los cobros que percibió durante los últimos cuatro años con la complicidad de quien actuó de “contratante”. El legislador realizó la denuncia el viernes 1 de abril ante la Fiscalía Federal 2 con competencia penal con el objeto de que se investigue el accionar de ambos exfuncionarios tras conocerse que Santiago cobraba “honorarios” mensuales de 45 mil pesos en la EBY en forma paralela al ejercicio de la más alta magistratura, escándalo que lo obligó a presentar su renuncia al STJ.González cree que el alejamiento de Santiago de su alto cargo en el Superior Tribunal no lo exime de la obligación de rendir cuentas ante la justicia. “No podemos permitir que este tipo de hechos queden en la nada, que nadie rinda cuentas. Son tiempos nuevos y como sociedad necesitamos que la justicia actúe”, señaló el diputado. Lo llamativo del caso es que la denuncia no fue impulsada por las actuales autoridades de la Entidad, como hubiera sido lógico. Para González, “lo importante es que la denuncia está, que le dimos elementos a la Justicia para que profundice y que determine el nivel de responsabilidades de los involucrados”. Los dos denunciados“Razonablemente sospechamos que Santiago, a partir de su amañada vinculación contractual como “docente e investigador”, de hecho continuaba siendo el Asesor Jurídico de la Entidad, o sin ser Asesor y sin asesorar, igualmente cobraba, que es lo que interesa para el caso”, explicó González, quien relató todos los pormenores del caso para que el fiscal penal en turno determine si los dos denunciados cometieron delitos al acordar el contrato de locación de servicios que unió a Santiago con Thomas desde mayo de 2012. Según relató González, el nudo de la denuncia radica en que “no resulta creíble ni legalmente factible ejercer la “docencia” en una Entidad que no tiene por objeto esa actividad, como tampoco parece fundada la necesidad de encarar “investigaciones” sobre materias que se supone deberían estar suficientemente estudiadas después de tantos años de desempeño al frente de la Asesoría Jurídica”.En su condición de funcionarios públicos al momento de desarrollarse los hechos, pudieron haber cometido malversación de caudales públicos y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, señaló. Según la presentación, las conductas de los denunciados estarían encuadradas en el artículo 265 del Código Penal que específicamente establece que “será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”. Según González, que además es abogado, también podrían haber incurrido en el delito penado en el artículo 261, que tipifica la malversación de caudales de origen público y que establece que “será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública.” Viejos conocidos  Por otra parte, González también recordó “que entre Thomas y Santiago, además de una probable amistad, había una relación comercial que data de varios años”. Para probarlo, en la denuncia ofreció el antecedente del Expediente Nº 159.411 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, que deja constancia que no es la primera vez que Thomas y Santiago estuvieron vinculados con actos incompatibles con la función pública que desempeñaban”. En aquella causa se había ventilado el presunto incumplimiento de la Ley de Ética Pública, a partir de la participación de ambos en calidad de socios de una empresa constructora (Estrategia & Acción S.A.) cuando los dos eran, a su vez, director ejecutivo y asesor jurídico de la EBY, respectivamente. El Fiscal de Control Administrativo les advirtió que en adelante debían abstenerse de actuar directa o indirectamente en cualquier asunto que vinculara a la empresa que crearon con Yacyretá; a la vez que les “recomendó” que “tengan especial cuidado a fin de que la información a la cual tienen acceso en virtud de su cargo, no sea pasible de ser utilizada en pos de un interés privado”. González sostiene en la presentación que “este antecedente resulta valioso a los fines de corroborar la relación personal y comercial existente desde hace mucho tiempo entre las personas denunciadas y por otra parte pone en evidencia que los parámetros éticos de los exfuncionarios públicos no se condicen con la observancia y respeto a los principios y pautas de honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana que deben o debieron regir sus actos”. También indagarán los patrimonios de ambosEn la presentación penal, el diputado Gustavo González solicitó la producción de varias medidas de prueba que podrían precisar si Thomas y Santiago cometieron delitos, de qué tipo y cuál es la pena que les cabría en caso positivo. Pero sobre todo, pidió que algunos organismos del Estado informen sobre la situación patrimonial de ambos, la facturación ante la Afip, las declaraciones juradas de bienes y otras documentaciones que podrían derivar en más denuncias penales, ya no por malversación sino por enriquecimiento ilícito. Entre otras, las pruebas solicitadas consisten en el libramiento de oficios a la Entidad Binacional Yacyretá “para que remitan copias certificadas de las documentales acompañadas y que informe sobre la vinculación contractual entre la EBY y Sergio César Santiago, sobre el tiempo de duración de la misma, montos parciales y totales percibidos en retribución a la presunta labor como docente o investigador y las fechas de pago; forma de pago de las retribuciones percibidas (en efectivo, depósitos bancarios o cheques), facturas o recibos oficiales emitidos por el locatario en razón de los pagos recibidos”. También le solicitó a la EBY que indique “específicam
ente las actividades académicas desplegadas como docente o investigador” de Santiago, y si en el marco de los contratos celebrados “se utilizaron viáticos, pasajes, uso de telefonía móvil perteneciente a la Entidad Binacional”.Al organismo Nacional pertinente, “copia de las Declaraciones Juradas de bienes de Oscar Alfredo Thomas correspondientes al período en que se desempeñó como Director Ejecutivo de la Entidad Binacional Yacyretá, conforme lo previsto por la Ley 25.188”, mientras que a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Misiones le solicita  “la remisión de las Declaraciones Juradas de bienes, Registro Patrimonial (Ley Nº 2666), de Sergio César Santiago correspondientes al período en que se desempeñó como Ministro del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones”.Finalmente, solicitó que se remitan oficios a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y a la Dirección General de Rentas de Misiones para que informen “respecto de la facturación del Sr. Sergio César Santiago durante el período de vigencia de los Contratos de Locación de Servicios aludidos, registración de las operaciones, cumplimiento de obligaciones tributarias y cualquier otro dato que resulte de interés para la causa”.

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