Misiones y sus escándalos políticos no dejan de llamar la atención a nivel nacional. El sábado se conoció una Resolución oficial de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (Faca) referida al episodio protagonizado por el exministro del Superior Tribunal de Justicia Sergio César Santiago, quien tuvo que renunciar a su cargo tras confirmarse que además mantuvo un vínculo contractual con la Entidad Binacional Yacyretá (Eby) durante los últimos cuatro años. Para la Faca, y según la Resolución firmada por su presidente Eduardo Massot y su vicepresidente Santiago Orgambide, “ha existido una clara incompatibilidad entre el ejercicio de la magistratura y el contrato de prestación de servicios que mantenía el Dr. Sergio Santiago con la Entidad Binacional Yacyretá”. La contundencia del documento emitido por la institución nacional es importante para ratificar lo actuado por el Colegio de Abogados de Misiones, que le pidió la renuncia apenas se conoció la existencia del contrato. Y también para desacreditar las explicaciones del propio ministro, que en su carta de dimisión aseguró que no incurrió en ninguna incompatibilidad y se mostró agobiado por “la difusión de una opinión que, ignorando toda consideración acerca de la habilitación legal del ejercicio de los magistrados … afecta mi ánimo y me convencen de apartarme de la función”. Santiago renunció el 29 de febrero de este año, tras ocho años de ejercicio de la más alta magistratura como miembro del Superior Tribunal de Justicia. Según informó la propia Eby, desde 2012 al 2015 mantuvo en forma paralela un vínculo contractual por 45 mil pesos mensuales. PRIMERA EDICIÓN fue el medio que advirtió de la existencia del vínculo laboral entre el ministro y el extitular de la Eby, Oscar Thomas. Ante esto, el Colegio de Abogados decidió pedir informes a la nueva conducción de la EBY a cargo de Humberto Schiavoni. La Resolución dispone “acompañar la gestión del Colegio de Abogados de Misiones en defensa de la actuación independiente del Poder Judicial”. Además, ratifica “que el ejercicio de la magistratura judicial es incompatible con toda otra actividad profesional, excepto la docencia, la defensa de las causas propias y familiares, y que dicha incompatibilidad protege la imparcialidad que debe regir la conducta de un funcionario judicial y es pilar de la independencia del Poder Judicial”. Después de expresar que “en el caso concreto existió clara incompatibilidad”, la Faca ordena comunicar esta Resolución al “Superior Tribunal de Justicia de Misiones y a los demás poderes públicos de la provincia”





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