La petrolera YPF entregó este martes a la Justicia una copia del contrato suscripto con Chevron para el desarrollo del yacimiento Loma Campana en Vaca Muerta, luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia que dictaminó que se "hagan públicas" las cláusulas secretas del convenio.La petrolera justificó que "al momento de la firma del contrato con Chevron, ocurrido el 16 de julio de 2013, consideraba que no estaba alcanzada por el decreto 1172/2003 que reglamenta el ‘Acceso a la información pública’" y que la confidencialidad de los términos del acuerdo "tenía como objetivo salvaguardar información geológica, comercial y financiera". En un comunicado de prensa, la petrolera dijo que no obstante cumplir con la entrega de la copia a la Justicia, a partir del fallo de la Corte, "ve con preocupación el hecho de que se divulgue información confidencial que colocaría a la compañía en una posición desventajosa frente a sus competidores, contratistas y potenciales socios".La Corte Suprema había ordenado el pasado 10 de noviembre a YPF que "haga públicas" las cláusulas secretas de su acuerdo con la petrolera estadounidense Chevron sobre inversiones en el yacimiento Vaca Muerta, en la provincia de Neuquén.Además, en un falló unánime, el máximo tribunal demolió la pretensión de la petrolera de que no se la considere una empresa pública y se la exima de brindar información porque sus acciones cotizan en Bolsa. "YPF informa que, en cumplimiento de una decisión judicial, entregó hoy a la Justicia una copia del contrato suscripto con Chevron para el desarrollo del yacimiento Loma Campana, dentro del plazo de tiempo establecido por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7", se especificó en el parte de prensa. La compañía consideró "necesario ratificar su posición de que el acuerdo entre YPF y Chevron había sido suscripto dentro del marco de la ley de Sociedades Comerciales y que la confidencialidad de sus términos tenía como objetivo salvaguardar información geológica, comercial y financiera, que son de valor estratégico para ambas empresas"."El carácter de confidencialidad de estos términos es de práctica habitual en la industria y forma parte de todos los contratos comerciales que cualquier compañía petrolera realiza en el curso normal de sus operaciones", agregó. Luego aclaró: "Para la aprobación de todos sus contratos cumplió siempre con las normas nacionales e internacionales vigentes". "En este caso, las autoridades a las que se presentó documentación e información fueron la Secretaría de Energía de la Nación, el Ministerio de Energía, Servicios Públicos y Recursos Naturales de Neuquén, la Comisión Nacional de Valores y la Comisión de Valores de los Estados Unidos, entre otras", especificó. YPF indicó que "es una empresa que cotiza en las bolsas de Buenos Aires y de Nueva York y, como tal, debe velar por los derechos de sus accionistas, tanto públicos como privados, por lo tanto, ve con preocupación el hecho de que se divulgue información confidencial que colocaría a la compañía en una posición desventajosa frente a sus competidores, contratistas y potenciales socios"."Es por ello y en atención a la naturaleza y el valor comercial, industrial, técnico, económico y financiero que posee la documentación generada por YPF en el marco del presente proyecto, se solicitó se arbitren todos los medios necesarios para la correcta preservación de la misma", enfatizó.Finalmente recalcó: "La compañía expresa su firme voluntad de cumplir con lo dispuesto por el decreto de acceso a la información pública sin perjuicio de recurrir a las protecciones previstas en la propia norma en materia de cuestiones industriales, comerciales, financieras y técnicas".Loma Campana, operado por YPF, es el primer proyecto de desarrollo en el yacimiento de Vaca Muerta, que es una formación de shale oil y gas, situada en la Cuenca Neuquina.En el fallo de la Corte, se había destacado que la libertad de información es un "derecho humano fundamental" y remarcó que "las imprecisas y genéricas afirmaciones que formuló YPF SA en la causa no eran suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiese comprometer secretos industriales, técnicos y científicos".La sentencia hizo lugar a una acción de amparo iniciada por el senador socialista Rubén Giustiniani y revocó un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que en 2014 le negó al legislador el acceso al texto completo del acuerdo entre la petrolera nacional y la multinacional. Fuente: Agencia de Noticias DyN





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